De Veracruz al mundo
Miles en México pasarán este día presas. Muchas madres, pobres, sin apoyo. Y 47.6% sin sentencia.
En México existen 10 mil 665 mujeres en situación de reclusión que se enfrentan día a día a una serie de condiciones que violan su derecho a la justicia y a la reinserción social, señaló este día la organización AsíLegal.
Jueves 08 de Marzo de 2018
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.- En México, el 47.6 por ciento de las mujeres se encuentran en prisión preventiva. La situación se agrava en el caso del estado de Durango, en donde los casos concentran el 80 por ciento. De los 360 centros penitenciarios que hay a nivel nacional, solamente 18 son femeniles (17 estatales y uno federal) y albergan al 42.3 por ciento de las mujeres privadas de libertad. A esto se suma que 10 centros penitenciarios no permiten la estancia de menores con sus madres, y en los que sí, no otorgan servicios de salud y alimentación a los niños.


En el marco del Día Internacional de la Mujer, AsíLegal instó a las autoridades judiciales y penitenciarias a garantizar el derecho al accesos a la justicia y a la reinserción social de las mujeres desde una perspectiva de género.

En México existen 10 mil 665 mujeres en situación de reclusión que se enfrentan día a día a una serie de condiciones que violan su derecho a la justicia y a la reinserción social, señaló este día la organización AsíLegal.

La ONG precisó que la mayoría de las mujeres privadas de la libertad en Centros de Reinserción Social son jóvenes de escasos recursos, con bajo nivel de escolaridad, madres y con pocas redes de apoyo pese a la existencia de un marco normativo claro respecto a los derechos que deben cumplirse durante sus procesos penales.

Refirió que instrumentos internacionales como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres; las Reglas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes “Reglas de Bangkok”; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; establecen la obligación de los Estados de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres.

Por otro lado, apuntó, el artículo 18 de la Constitución y la Ley Nacional de Ejecución Penal mencionan disposiciones en las que se enfatiza la obligación de aplicar la perspectiva de género en la imposición de medidas cautelares y de penas– lo cual implica preferir aquellas en las que no se tenga que privar de la libertad a las mujeres–, en la generación de condiciones dignas para la reclusión y en el desarrollo de programas que permitan el ejercicio del derecho a la reinserción social.

AsíLegal especificó que aun con el basto marco normativo que hay en México, el 47.6 por ciento de las mujeres privadas de libertad se encuentra en prisión preventiva, es decir, en espera de una sentencia.

Incluso, dijo, hay catorce estados en los que la aplicación de esta medida cautelar sobrepasa el 50 por ciento: Durango (80 por ciento), Oaxaca (72.9 por ciento), Chiapas (68.7 por ciento), Quintana Roo (66.2 por ciento), Tabasco (63.1 por ciento). Además, del penal No. 16 CPS Femenil de Morelos tiene al 72.34 por ciento de las mujeres bajo esta medida cautelar.

Otro aspecto que resalta la organización es la carencia de Centros de Reinserción Femeniles: de los 370 centros penitenciarios que han en el país, sólo 18 centros femeniles albergan al 42.3 por ciento de las mujeres privadas de libertad.

“Sin duda, uno de los derechos más valorados por las internas es el de conservar a sus hijos e hijas bajo su cuidado en condiciones dignas”. Sin embargo, mencionó que de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) existen 10 centros penitenciarios en los que no se permite la estancia de menores de edad con sus madres, y en los que sí se les permite, los menores carecen de servicios de salud, alimentación y educación adecuados a sus necesidades.

En el marco del Día Internacional de la Mujer, AsíLegal instó a las autoridades judiciales y penitenciarias a garantizar el derecho al accesos a la justicia y a la reinserción social de las mujeres desde una perspectiva de género, a partir de la generación de condiciones de internamiento dignas para esta población y dentro del marco constitucional.

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