De Veracruz al mundo
Ofrece SAT simulador para Declaración Anual 2025 de personas morales.
Por ello, a partir del 1 de diciembre pondrá a disposición de este tipo de contribuyentes un simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza para que visualicen la información que hayan presentado durante el ejercicio fiscal 2025.
Lunes 01 de Diciembre de 2025
Por: La Jornada
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Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que del 1 de enero al 31 de marzo de 2026 las personas morales deberán presentar su Declaración Anual 2025.

Por ello, a partir del 1 de diciembre pondrá a disposición de este tipo de contribuyentes un simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza para que visualicen la información que hayan presentado durante el ejercicio fiscal 2025.


A su vez, el SAT detalló que la presentación de la declaración se realiza en las siguientes fechas:

Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación, tienen hasta el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación.

En tanto, las personas morales sin fines de lucro, tienen hasta el 16 de febrero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio.

Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza, tienen hasta el 31 de marzo de 2026.


El SAT dijo que en la nueva plataforma, la declaración anual incorpora la siguiente precarga de información: Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio y PTU pagada en el ejercicio.

A su vez, aparecen las retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO); el CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones y el remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

El SAT recordó que para enviar la declaración es necesario contar con e.firma y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.

“Es importante señalar que, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias”, aclaró.

“Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en verse reflejado”, advirtió.

El organismo dijo que continúa implementando herramientas que faciliten a las y los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma para fortalecer la recaudación, la economía mexicana y el bienestar de la población.

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