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El 13 de agosto el CJF celebrará su última sesión antes de desaparecer.
Respecto a la continuidad operativa, indica que las Unidades Administrativas, Órganos Auxiliares, Comités, así como la Comisión de Conflictos Laborales, en términos de lo previsto por el artículo Sexto Transitorio del Decreto, deberán continuar con la tramitación de los asuntos de su competencia, debiendo procurar su culminación al 13 de agosto de 2025.
Jueves 26 de Junio de 2025
Por: La Jornada
Foto: .Cristina Rodríguez / archivo
CDMX.- El próximo 13 de agosto será la última sesión de Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), ya que el primero de septiembre se extinguirá y dará paso al Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) y al Órgano de Administración Judicial (OAJ).

En ese contexto, el CJF publicó el acuerdo que establece las disposiciones relativas a la conclusión de labores del Pleno, al igual que de las comisiones permanentes, órganos auxiliares, comités, autoridad garante y áreas administrativas, así como la encargada de atender los conflictos laborales, y que integran el actual organismo que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación.

Todas las actividades del CJF concluirán entre el 1 y el 7 de agosto.

El acuerdo indica que a partir del 16 de julio de 2025 se suspenden los plazos y términos procesales en todos los asuntos que son del conocimiento del Pleno, las Comisiones Permanentes, Órganos Auxiliares, Comités, Áreas Administrativas, así como la Comisión de Conflictos Laborales del Consejo de la Judicatura Federal. Esta suspensión se mantendrá hasta que los nuevos órganos competentes determinen lo que corresponda. Lo anterior, dice, no implica la paralización de los asuntos; por tanto, las áreas pueden seguir actuando en su trámite.

Respecto a la continuidad operativa, indica que las Unidades Administrativas, Órganos Auxiliares, Comités, así como la Comisión de Conflictos Laborales, en términos de lo previsto por el artículo Sexto Transitorio del Decreto, deberán continuar con la tramitación de los asuntos de su competencia, debiendo procurar su culminación al 13 de agosto de 2025.

Asimismo, las denuncias y quejas administrativas competencia del Consejo recibidas a partir del 16 de julio de 2025 serán radicadas por el área correspondiente, reservándose su trámite a los órganos de nueva creación que entrarán en funciones el 1 de septiembre de 2025, salvo los casos en que, por la urgencia, se justifique su atención inmediata”.

Apunta que los asuntos aprobados con anterioridad a la emisión de este acuerdo general que no hayan culminado el trámite de los engroses correspondientes, deberán hacerlo en el plazo de 5 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente. “Los asuntos resueltos durante la vigencia de este Acuerdo General y hasta la celebración de la última sesión deberán culminarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a su resolución. En este caso, el plazo para la presentación de votos o aclaraciones correrá simultáneamente al periodo indicado”.

El documento añade que del 16 de julio de este año se suspende el turno a las ponencias para formular proyectos de resolución.

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