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No podrás deducir tus gastos médicos si cometes este error que casi todos hacen en sus facturas..
Las deducciones personales son gastos que alivianan la carga fiscal en la declaración anual, sin embargo, deben hacerse correctamente para que el SAT las tome en cuenta.
Viernes 06 de Febrero de 2026
Por: Expansión Política
Foto: .Expansión/ChatGPT
CDMX.- Ir al médico en consultorios y hospitales privados suele ser costoso, pero tiene una ventaja: poder facturar. Varios contribuyentes en México tienen esta opción para pagar menos impuestos en la declaración anual, pero deben saber hacerlo correctamente, ya que de lo contrario no podrán ser contados dentro de las deducciones personales.



¿Qué gastos médicos ingresan como deducciones personales?
No todos los gastos relacionados a la salud son considerados para deducir impuestos. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) solo considera a los que ingresan en las siguientes categorías:

Médicos honorarios
Tratamientos y consultas dentales
Servicios de psicología y nutrición
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
Gastos hospitalarios
Medicamentos incluidos en facturas por hospitalización (incluidas en comprobantes de hospitales, no de farmacias)
Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis.
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación.
Honorarios a personal de enfermería
Lentes ópticos graduados con valor de hasta 2,500 pesos
Lo que no puede deducirse con las medicinas que se compran en farmacias, o cuando el 100% de una factura incluye otros conceptos no deducibles como coaseguro, membresías de descuento, ni tampoco cuando contemplan gastos de servicios como cafetería.

Tampoco se aplican los gastos médicos de mascotas.

Fuera de ello, todos estos gastos anteriores pueden ser deducibles cuando sean para el contribuyente, su cónyuge o persona con quien vive en concubinato, padres, abuelos, hijos o nietos, mientras no perciban ingresos iguales o mayores a 41,274 pesos al año.

CDFI incorrecto, el error que impide que las facturas sean deducibles
Los gastos médicos, o cualquier otro deducible, deben ser facturados de manera correcta para que puedan reducir los impuestos en la declaración anual. El error común a la hora de solicitarlas es que el uso de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) no sea el que indica el SAT.

En el caso de gastos médicos y hospitalarios, hay dos claves:

D01: Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
D02: Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.

Las cuotas que se pagan periódicamente para mantener una póliza de seguro y obtener cobertura de gastos médicos también cuentan, pero tienen su propia clave:

D07: Primas de seguros de gastos médicos

El uso de CFDI con clave “ G03 ” para “Gastos en general” no es la apropiada para facturar ningún deducible de esta categoría. Por lo que si tus facturas son emitidas de esta manera, serán rechazadas por el SAT a la hora de deducir.

Además de ello, también debe corresponder la clave de producto o servicio según el tipo de gasto. Esta segunda clave consta de ocho dígitos que describe lo que se adquirió en la transacción.

Por ejemplo, si una persona quiere facturar un tratamiento de resinas dentales en un consultorio privado, debe fijarse que su comprobante tenga las siguientes claves:

Uso de CFDI: D01- Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
Clave SAT : 85122000 (Servicios dentales)

Otro ejemplo sería que una persona quiera deducir sus estudios de laboratorio de sangre. En ese caso, el uso de CFDI debe ser el mismo, pero la clave SAT cambia a 85121801 (Servicios de laboratorios de análisis de sangre) o 85121800 (Laboratorios médicos).

Puedes consultar las claves en el apartado de

Gastos médicos y hospitalarios de las Deducciones Personales del SAT.
¿Qué otros datos son clave para facturar?
Otros datos para revisar en las facturas es que el RFC sea correcto, y el método de pago sea uno de los aprobados por el SAT, y la clave corresponde según su tipo:

02 - Cheque nominativo
03 - Transferencia electrónica de fondos
04 - Tarjeta de crédito o débito, o Tarjeta de servicios

La Constancia de Situación Fiscal no es necesaria para facturar
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que

ninguna persona o entidad puede exigir la Constancia de Situación Fiscal (CSF) para la emisión de una factura.
Este documento contiene datos sensibles que solo exponen la privacidad del contribuyente.
La información necesaria para ello solo se necesita:

RFC
Nombre o razón social
Código postal
Uso de CFDI que le dará al comprobante

Estos datos están disponibles en la Cédula fiscal con código QR, otro documento expedido por el SAT.

Si una persona o entidad condiciona la expedición de la factura con la entrega de la CSF, está cometiendo una infracción cuya multa alcanza los 122,440 pesos.

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