De Veracruz al mundo
Rechaza INE solicitud de PRI y PAN para que Morena y PT bajen promocionales por elecciones en Coahuila.
El instituto declaró improcedentes las denuncias presentadas en periodo de veda de precampaña en la entidad que irá a las urnas a renovar su Congreso local
Sábado 21 de Marzo de 2026
Por: CRONICA.
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CDMX.- El Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó emitir medidas cautelares contra Morena en Coahuila, donde PRI, PT y PAN solicitaron que se retiren promocionales que violan la ley en periodo de veda de precampaña.

El próximo 6 de junio, los coahuilenses están llamados a las urnas para renovar su Congreso estatal.

Este viernes, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió dos medidas cautelares, la primera solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del PT y su dirigente estatal derivado de la presunta difusión de propaganda institucional en periodo prohibido y violación a las normas de propaganda de precampaña; la segunda solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de Morena, derivado de la presunta transgresión a la normativa electoral local en materia de precampaña en el marco del Proceso Electoral Local 2026 en Coahuila de Zaragoza.

De acuerdo con las quejas que resolvieron tres consejeros electorales, en un primer asunto, se denunció la presunta vulneración a las normas de precampaña, derivado de la difusión de siete promocionales de radio y televisión identificados como “PT COAHUILA”, pues a decir del denunciante contiene propaganda institucional, cuya difusión se encuentra prohibida durante el periodo de precampañas locales dentro del Proceso Electoral Local que actualmente se desarrolla.

La Comisión que presidente Arturo Castillo determinó declarar improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas, toda vez que los materiales pautados para la precampaña concluyeron su transmisión el 11 de marzo pasado, por lo que se trata de actos consumados.


También, derivado de una interpretación armónica y sistemática del derecho de acceso permanente de los partidos políticos a los tiempos que les corresponden en radio y televisión, a fin de garantizar el acceso que constitucionalmente les corresponden, en sede cautelar, se concluyó que resulta improcedente ordenar el retiro de los promocionales pautados para su difusión durante el periodo de intercampaña, es decir, del 21 al 25 de marzo del año en curso, pues su contenido es de índole general y no hace un llamado al voto a favor o contra de algún partido, precandidatura o candidatura, ni presenta propuestas de gobierno, lo cual está permitido en esta fase del proceso electoral.

En el mismo sentido se resolvió la queja presentada por el PAN en contra de Morena consistente en la suspensión de cuatro promocionales de radio y 5 de televisión, identificados como “PRE TOR”, “PRE TOR 4”, “PRE SALT”, “PRE SALT 2”, “PRE MON”, “PRE MONC 2”, sobre diversas precandidaturas a diputaciones locales en Coahuila, lo anterior por la supuesta transgresión a las prohibiciones relacionadas con la difusión de propaganda de precandidaturas únicas, así como de propaganda institucional.

El colegiado, de igual manera declaró improcedente ordenar el retiro en lo que respecta a dos promocionales identificados como “UNIDOS” en su versión para radio y televisión, que fueron pautados para el periodo de intercampaña, ya que de un análisis preliminar al contenido se advierte que el mismo es de interés general sin que existan llamados expresos al voto, ni alusiones a persona candidata alguna.

Respecto de los promocionales pautados para el periodo de precampaña se señaló que se está ante la presencia de un acto irreparable, lo anterior es así, ya que el Instituto Estatal de Coahuila (IEC) realizó la solicitud de medidas cautelares con demora, lo que hizo imposible que, por la forma en la que se operan los pautados, se pudiera dictar la medida cautelar.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE formuló un exhorto al instituto Estatal de Coahuila para que, en lo sucesivo, atienda de manera expedita las solicitudes de medidas cautelares que sean de su conocimiento.

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