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Extinguen acción penal por accidente en Tren Interoceánico; 145 víctimas recibieron reparación del daño.
La FGR concluyó que el accidente en el que fallecieron 14 personas y hubo más de un centenar de heridos fue causado por exceso de velocidad atribuida al maquinista, conductor y jefe de despacho, por lo que descartó que existieran fallas en la vía, balasto, durmientes y en la locomotora.
Miércoles 08 de Abril de 2026
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- La titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Ernestina Godoy, confirmó que el accidente en el Tren Interceánico que dejó 14 personas sin vida y cientos de heridos fue por exceso de velocidad y no por fallas en la vía, balasto, durmientes o en la locomotora, e informó que las víctimas optaron por firmar acuerdos reparatorios por lo que quedó extinta cualquier acción penal.

En un mensaje difundido en las redes sociales de la FGR, Godoy reafirmó que el descarrilamiento, ocurrido en diciembre del año pasado, no se debió a un problema en la obra y dijo que a través de peritajes se corroboró la calidad de la vía en el punto del siniestro y el estado de las locomotoras.


“Después de una minuciosa inspección y toma de muestras con el que se comprobó que en el punto del siniestro la vía, durmientes, fijaciones y balastro cumplen con la norma”, indicó.

También explicó que el Ministerio Público acreditó la presunta responsabilidad en los delitos de homicidio y lesiones culposas por parte del maquinista, el conductor y el despachador del tren.

“Resultado de indagatorias, los ministerios públicos, luego de integrar cuatro carpetas de investigación, acreditaron fehacientemente la comisión de los delitos de homicidio y lesiones culposas con la participación del maquinista, el conductor y el jefe de despacho, razón por la cual la investigación se llevó ante un juez oportunamente con lo que se obtuvieron órdenes de aprehensión y de cateo. Posteriormente, se desarrolló la audiencia inicial en las que se obtuvieron autos de vinculación a proceso”.

Godoy mencionó que la empresa operadora del Tren Interoceánico, a cargo de la Secretaría de Marina, decidió otorgar el perdón a los detenidos por el delito de daños en bienes.


En cuanto al delito de ataques a las vías generales de comunicación, fue descartado con base en dictámenes periciales en materia de arquitectura e ingeniería civil, así como con el de seguridad industrial.

En lo que se refiere a los delitos de uso ilícito de atribuciones y de servicio indebido del servicio público también fueron descartados con base en la información proporcionada por la empresa ferroviaria, así como por el análisis de seis auditorías de la Auditoría Superior de la Federación y otras seis auditorías y cinco expedientes de investigación concluidos por parte de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, relativos a 41 contratos públicos relacionados con la vía, adquisición del material moviente y el mantenimiento a ambos, en todos los casos sin observaciones penales que denunciar por ambas dependencias.

“Además, con las diligencias ministeriales y periciales en materia de ingeniería y arquitectura, topografía y seguridad industrial, se corroboró que la calidad de los elementos de la vía en el punto del siniestro y de las condiciones de las locomotoras y vagones cumplen con la norma aplicable”.


Víctimas optan por reparación del daño
La fiscal Ernestina Godoy mencionó que derivado de la disposición que la empresa responsable demostró con las víctimas y con los ofendidos, con el apoyo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y del órgano especializado en mecanismos alternativos de solución de controversias de la FGR, las personas agraviadas optaron por concluir el conflicto a través de la justicia alternativa, lo que implicó la firma de acuerdos reparatorios.


Hasta ahora, 145 personas, entre ellas, 114 adultos y 31 niñas, niños y adolescentes, han recibido de forma inmediata la reparación integral del daño, con lo que se genera la consecuente extinción de la acción penal.

“Estos acuerdos, contemplados en la Constitución y en la ley, ofrecen siempre una opción más eficaz y menos desgastante para las víctimas a fin de que puedan obtener la reparación integral del daño accediendo a medidas que compensen la afectación ocasionada. La Fiscalía General de la República, al privilegiar en todo momento la protección de las víctimas y los ofendidos, cumplió con sus funciones constitucionales y legales, orientada en todo momento por los fines del proceso penal relativos al esclarecimiento de los hechos, la protección de las personas inocentes, procurando que los culpables no quedaran impunes y que los daños causados por los delitos cometidos fueran reparados”.


FGR confirma que el exceso de velocidad fue la causa del accidente
En resumen, las investigaciones de la FGR concluyeron que los componentes de la superestructura no presentaban afectaciones o daños previos al siniestro que pudieran provocarlo; los componentes de la subestructura cumplieron con las normas oficiales mexicanas aplicables; además de que la locomotora, los vagones o carros y sus componentes estaban en condiciones normales de uso y tanto estos elementos como su mantenimiento cumplen con la normatividad aplicable.



También mencionaron que tanto el maquinista, el conductor y el jefe de despacho conocían sus deberes contenidos en el reglamento interno de transporte ferroviario.

“En suma, la correlación de los fallecimientos y las lesiones se derivó del exceso de velocidad negligente, atribuible al maquinista, así como de la omisión del conductor y del jefe de despacho para evitarlo”.

La fiscal mencionó que en la página de la FGR se podrá consultar el informe de las investigaciones por el descarrilamiento del Tren Interoceánico.


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