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Corte elimina requisito de 5 años para acreditar concubinato en pensiones del ISSSTE, ante el aumento de parejas que decide no casarse
MEMORANDUM 1.- La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cambió el criterio obligatorio establecido por sus antecesores y declara inconstitucional el requisito de cinco años de convivencia o tener al menos un hijo en común para acceder a una pensión por concubinato, previsto desde 2007 en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE); el asunto generó un amplio debate, ante la advertencia de una minoría sobre el riesgo financiero para la institución. Con una mayoría calificada de seis votos contra dos, el Pleno aprobó el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, que reconoce los “nuevos modelos de familia” frente al aumento de parejas que deciden no casarse ni tener hijas o hijos, y concluye que exigir cinco años comprobables para acceder a dicha pensión vulnera los derechos a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y a la protección de la familia, al discriminar por estado civil. El ponente calificó como “irracional” el requisito previsto en los artículos 41, fracción I y 131, fracción II de la norma, al considerar que “los lazos afectivos y de solidaridad que caracterizan a una familia no nacen forzosa y puntualmente a los cinco años, sino que pueden surgir desde antes”. No obstante, el tribunal no logró consenso para fijar un plazo mínimo para acreditar el concubinato. El ministro ponente subrayó que esa definición corresponde al Poder Legislativo, y recordó que la evolución del concepto de familia ya se refleja en las leyes estatales, que establecen plazos distintos: tres años en Jalisco, Querétaro, Durango y Chiapas; dos en Zacatecas, Aguascalientes, Tamaulipas y Ciudad de México; y uno en el Estado de México y Tabasco. Con el fallo, el máximo tribunal abandonó la jurisprudencia que derivó de resoluciones de amparos en su extinta Segunda Sala, entre los años 2008 y 2015, que declaraban estas normas constitucionales. Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que “se debe privilegiar la protección de la familia y el derecho a la seguridad social”. El ministro Arístides Guerrero García se dijo a favor de emitir un nuevo criterio, acorde a la realidad, lo cual respaldó con cifras del INEGI que, expresó, reflejan una caída sostenida del matrimonio en México: en 2024 se registraron 486 mil 645 uniones, 3 por ciento menos que el año previo, y la tasa de nupcialidad bajó de 6.9 a 5.4 entre 2015 y 2024. “¿Qué nos están mostrando las cifras del INEGI?, nos están mostrando que la tendencia en nuestro país es hacia la baja en cuanto a contraer matrimonios; eso no significa que no existan uniones que se estén generando en el propio país, simplemente que ahora se está haciendo cada vez mayor uso de la figura del concubinato”, destacó. La ministra Loretta Ortiz sostuvo que el Pleno debe reconocer que el modelo de familia ha cambiado, como ya lo ha hecho la Corte en casos sobre concubinato, diversidad sexual, adopción y reproducción asistida. "El concepto de familia como papá, mamá, hijitos, ya no existe. O sea, ese, ese modelo de familia tradicional no existe. Y no existe, no porque nosotros lo decidamos, es que porque la realidad nos impone esta, esta, pues sí, esta, estas condiciones y nosotros estamos interpelados a actuar frente a esa realidad”, argumentó. Sin embargo, la ministra Lenia Batres Guadarrama hizo una férrea defensa a mantener el requisito de cinco años para comprobar el concubinato, al sostener que no vulnera los derechos a la igualdad, no discriminación ni el reconocimiento de nuevos modelos de familia y advirtió que eliminar ese requisito pondría en riesgo la viabilidad del sistema de pensiones y las finanzas del ISSSTE. “Eliminar el requisito de una convivencia mínima de cinco años para acreditar el concubinato generaría un riesgo presupuestal para el sistema de pensiones, pues permitiría que cualquier persona reclame ese carácter sin exigencias temporales objetivas. Dado que todas y todos somos potencialmente concubinos de otras personas, ello podría multiplicar exponencialmente el número de beneficiarios, al punto de impedir una previsión razonable de las cargas pensionarias futuras”, expresó. En tanto, la ministra María Estela Ríos González respondió a las referencias hechas a las cifras del INEGI y señaló que concluir que disminuye el matrimonio y aumenta el concubinato es “una falacia”. Incluso, dijo que esta práctica se da con mayor frecuencia entre la clase trabajadora.
La e.firma tiene una vigencia de 4 años desde su emisión, de no renovarla no podrías realizar tramites y hasta ser acreedor a una multa
MEMORANDUM 2.- La e.firma, también conocida como firma electrónica avanzada, es tu identificación digital oficial ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para realizar trámites fiscales, los cuales van desde presentar declaraciones hasta emitir facturas. Si esta vence y no la renuevas, podrías enfrentar multas, bloqueos o la incapacidad de hacer trámites importantes. El SAT recuerda que esta herramienta es indispensable no solo para obligaciones fiscales, sino también para cualquier gestión digital que requiera autentificación segura. Si eres un trabajador independiente, profesionista que factura o presentas tu declaración anual con frecuencia, debes verificar la vigencia de tu e.firma y renovarla. Empresas o sociedades, y quienes actúan como sus representantes legales, también están obligados a mantener al día su e.firma si realizan trámites o requieren autenticación digital. Cualquier contribuyente que necesita hacer trámites digitales. Aunque no emitas facturas cada mes, si usas plataformas del SAT para gestiones fiscales, avisos o consultas, es vital que tu e.firma no esté vencida. La e.firma tiene una vigencia de cuatro años desde su emisión, después de lo cual deja de ser válida y debes renovarla. Si no estás segura de cuándo venció tu e.firma, el SAT ofrece herramientas en su portal para verificarlo con tus archivos digitales. Accede al portal de trámites del SAT y selecciona “Valida la vigencia de tu e.firma”. Prepara tu contraseña y archivos .key y .cer de tu e.firma. Carga los archivos y sigue las instrucciones en pantalla para conocer la vigencia. Si descubres que está próxima a vencer o que ya venció, continúa con el proceso de renovación antes de que te cause problemas. Si tu e.firma todavía está activa o acaba de vencer, puedes renovarla en línea desde el portal del SAT. Aunque el SAT no aplica una multa directa solo por no renovar la e.firma, tenerla vencida puede impedirte realizar trámites fiscales obligatorios, como emitir facturas o presentar declaraciones, lo cual sí puede derivar en sanciones, recargos o multas si incumples obligaciones. Además, otras obligaciones fiscales como la activación del Buzón Tributario tienen multas específicas si no se cumplen antes de las fechas límites legales.
Diseñan una vacuna personalizada que contiene instrucciones genéticas para que el organismo reconozca esas señales y ataque el cáncer
MEMORANDUM 3.- Las nuevas vacunas contra el cáncer desarrolladas por Moderna no están diseñadas para prevenir la enfermedad, sino para tratarla. A diferencia de las vacunas tradicionales, estas utilizan tecnología de ARN mensajero (ARNm) para entrenar al sistema inmunológico del propio paciente y ayudarle a identificar y destruir las células cancerosas. El proceso comienza con el análisis del tumor del paciente. Los especialistas estudian el ADN del cáncer para detectar mutaciones específicas, conocidas como neoantígenos, que hacen únicas a las células tumorales. Con esa información, se diseña una vacuna personalizada que contiene instrucciones genéticas para que el organismo reconozca esas señales y las ataque. Una vez aplicada, la vacuna estimula la producción de proteínas asociadas al tumor, lo que activa a los linfocitos T, las células encargadas de localizar y eliminar el cáncer. Este mecanismo no solo ayuda a combatir la enfermedad, sino que también puede reducir el riesgo de recaídas o de que el tumor se disemine a otras partes del cuerpo. Los ensayos clínicos más avanzados, especialmente en pacientes con melanoma de alto riesgo, han mostrado resultados prometedores. Estudios recientes indican que el tratamiento, combinado con inmunoterapia, puede reducir significativamente el riesgo de recurrencia o muerte en comparación con las terapias convencionales. La participación de investigadores mexicanos forma parte de las fases clínicas internacionales que buscan evaluar la seguridad y eficacia del tratamiento en distintas poblaciones. Aunque la vacuna aún se encuentra en etapa experimental y no está disponible de forma general, los especialistas consideran que representa uno de los avances más importantes en la medicina personalizada y en la lucha contra el cáncer en los próximos años.

 

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