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SCJN descarta revisión de sentencias emitidas por salas extintas, frena propuesta para reabrir juicios consumados
MEMORANDUM 1.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las sentencias emitidas por sus extintas Salas y por el Pleno no pueden ser revisadas, al tratarse de decisiones inatacables cuya reapertura vulneraría la seguridad jurídica y el principio de cosa juzgada; sin embargo, aclaró que tiene pendiente otro debate para definir si es posible revisar fallos definitivos de jueces en las que se presuma fraude procesal. El pronunciamiento del máximo tribunal, bajo un proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, representó un revés para la Fiscalía General de la República (FGR), que intentó tumbar el amparo liso y llano concedido en junio del año pasado por la Primera Sala a Juana Hilda González, quien obtuvo su libertad inmediata tras pasar 19 años en prisión, pese a una condena de 78 años por el secuestro de Hugo Alberto Wallace. La impugnación de la FGR -promovida por el ex fiscal Alejandro Gertz Manero- fue analizada mediante una consulta a trámite, en la que el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz planteó si procedía un recurso de revisión contra sentencias dictadas por las extintas Salas al ejercer la facultad de atracción en amparos directos. La ponente indica: “Permitir que el Pleno revise las decisiones dictadas por las Salas implicaría admitir la existencia de una instancia superior dentro de un órgano que constitucionalmente era indivisible; asimismo, admitir el recurso de revisión supondría desconocer el carácter definitivo de la sentencia dictada por la extinta Primera Sala al introducir un medio de impugnación no previsto en el marco constitucional ni legal”. Sin embargo, el tema generó polémica en el Pleno, particularmente por el párrafo 52 del proyecto de la ministra Lenia Batres, en el que aclaró que “este pronunciamiento no prejuzga sobre el criterio que la nueva integración de esta SCJN pudiera adoptar en torno a la figura de la cosa juzgada fraudulenta”, al tratarse de una institución distinta que no implica revisar sentencias firmes del alto tribunal, sino la eventual apertura de un nuevo proceso en el que deba acreditarse un fraude procesal grave que haya viciado desde su origen la resolución definitiva. Sin embargo, siete ministros pidieron eliminar el párrafo 52 del proyecto, con excepción de la ponente y del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz. Pero este último togado no sometió a votación la petición, pues ya se había votado antes y aprobado por unanimidad el proyecto. La ministra Yasmín Esquivel Mosso defendió que el párrafo debía ser suprimido toda vez que señala que la cosa juzgada fraudulenta está prevista, según el proyecto, tanto en forma expresa en algunas leyes como de manera implícita en otros ordenamientos, pero la mayoría del Pleno no está de acuerdo con ese criterio. Indica: “De ahí que resulta jurídicamente imposible que una sentencia contenga expresiones y decisiones que no son fruto del consenso de mayoría y aquí quedó muy claro, siete votos en contra del párrafo 52”. Tras una amplia discusión, Hugo Aguilar planteó varias opciones: devolver el asunto, encargar el engrose a otro ministro o que Lenia Batres precisara que siete ministros se opusieron a ese párrafo y solicitaron su eliminación. Como no se reunieron los votos para que otro ministro elaborara el engrose (sentencia final), se acordó que Batres Guadarrama deberá dejar constancia de que siete ministros pidieron suprimir ese apartado.
Confirman fallecimiento de adulta mayor tras ser atropellada en Coatepec; Buscan a Teodoro Contreras Luna, desaparecido en Xalapa
MEMORANDUM 2.- Este martes se reporta el descenso de una de las dos mujeres de la tercera edad que resultaron gravemente lesionadas luego de ser atropelladas el pasado 15 de enero en el centro de Coatepec. Los hechos ocurrieron en el cruce de las calles 5 de Mayo y Mateo Rebolledo, cuando ambas intentaban cruzar la vialidad. Al sitio acudieron paramédicos de la Cruz Roja, así como personal de Tránsito del Estado y Protección Civil, quienes les brindaron los primeros auxilios y las trasladaron al Hospital Civil de Coatepec. Se informó que una de las víctimas presentaba lesiones de gravedad, entre ellas traumatismo craneoencefálico severo, por lo que fue canalizada a otro hospital para recibir atención especializada. Pese a los esfuerzos médicos, este día se confirmó su deceso. Familiares denunciaron que el conductor de la camioneta marca Nissan habría abandonado el lugar del accidente y que, hasta el momento, no se cuenta con sus datos, lo que ha dificultado el inicio del proceso legal correspondiente. Asimismo, señalaron que nadie se ha hecho responsable de los gastos generados por la atención médica. Los afectados esperan que las autoridades de Tránsito les proporcionen la información necesaria para proceder legalmente...LA COMISIÓN Estatal de Búsqueda reportó la desaparición de Teodoro Contreras Luna en Xalapa, Veracruz, el pasado 7 de enero. El hombre de 39 años mide 1.70 metros, es de tez morena clara, tiene ojos color café oscuro y el cabello negro, corto y ondulado. Como señas particulares, tiene cicatriz en el abdomen, tatuaje en el pecho. Cualquier información que ayude a dar con su paradero, favor de reportarla al 911 o al 228 319 3187.
Clausura Ayuntamiento de Coatepec predio ubicado en la congregación de Mundo Nuevo por tala ilegal de 70 árboles
MEMORANDUM 3.- Tras confirmarse la tala ilegal de aproximadamente 70 árboles sin contar con permisos municipales ni autorización ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema), el Ayuntamiento de Coatepec ordenó la clausura de un predio ubicado en la congregación de Mundo Nuevo. La medida fue resultado de una inspección conjunta realizada por la Subdirección de Planeación Urbana y Obras Públicas del Ayuntamiento y personal de Sedema, después de atender denuncias ciudadanas sobre presuntas afectaciones a zonas naturales del municipio. Durante la revisión, la autoridad estatal confirmó que no existía permiso, dictamen técnico ni autorización ambiental para la tala, poda o derribo de arbolado en el predio, el cual presuntamente sería destinado a la construcción de un fraccionamiento. De manera paralela, el Ayuntamiento verificó en el archivo técnico heredado por la actual administración que no se otorgó cambio de uso de suelo, licencia de construcción ni anuencia municipal alguna para dicho desarrollo. De igual forma, la Dirección de Ecología, Medio Ambiente y Protección Animal emitió un dictamen en el que se estableció que no existe autorización oficial para la intervención ambiental realizada, confirmando la irregularidad de los trabajos y el daño al entorno natural. Derivado de estas omisiones y con base en los artículos 6 fracción III y 270 del Reglamento de la Ley 823, que regula las construcciones públicas y privadas en el estado de Veracruz, en correlación con los artículos 130 y 131 fracción VI del Reglamento de Desarrollo Urbano del municipio de Coatepec, el pasado 16 de enero de 2026 se ordenó la clausura inmediata del predio. Una vez ejecutada la clausura, se emitieron los oficios correspondientes para citar al propietario o a la empresa responsable a comparecer ante las áreas competentes, con el objetivo de deslindar responsabilidades y dar seguimiento al procedimiento administrativo conforme a la normatividad vigente. El Ayuntamiento de Coatepec reiteró que cualquier acción de desarrollo urbano debe apegarse estrictamente a la ley y que continuará atendiendo las denuncias ciudadanas con rigor técnico y jurídico, priorizando la protección del medio ambiente y el orden territorial del municipio.

 

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