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Ley de Seguridad Interior no beneficia a la población ni a militares: CNDH.
El organismo presentó este viernes, a través de Rubén Francisco Pérez Sánchez, coordinador general de Seguimiento de Recomendaciones y Asuntos Jurídicos, una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN
Viernes 19 de Enero de 2018
Por: Excelsior
Ciudad de México.- La Ley de Seguridad Interior (LSI), en la forma que quedó redactada, no ofrece beneficios a los particulares ni al personal militar que participe en acciones relacionadas a la seguridad, indicó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

El organismo presentó este viernes, a través de Rubén Francisco Pérez Sánchez, coordinador general de Seguimiento de Recomendaciones y Asuntos Jurídicos, una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“En sus términos actuales no reporta ningún beneficio directo ni a los particulares ni al personal militar que lleva a cabo acciones vinculadas a la seguridad de las personas.

“La CNDH ratifica su convicción sobre la necesidad de que en México se lleve a cabo una revisión integral y un replanteamiento de sus políticas públicas en materia de seguridad y justicia, que permita dar una respuesta real y efectiva a la problemática que enfrentamos en ese ámbito”, se indicó en un comunicado, emitido tras la entrega del documento.

Para el organismo autónomo, presidido por Luis Raúl González Pérez, la LSI deja abierta la posibilidad de que se vulneren derechos y libertades básicas de mujeres y hombres en el país, además de afectar el diseño, equilibrio y facultades establecidas constitucionalmente entre la federación y los estados, las instituciones, órganos del Estado y poderes.

En el documento de la acción de inconstitucionalidad, de 292 páginas, se pide a la SCJN, que se corrijan los defectos planteados en el recurso presentado.

“Se solicita a ese Alto Tribunal, que al dictar sentencia corrija los errores que advierta en la cita de los preceptos invocados y en consecuencia supla los conceptos de invalidez planteados en la demanda”, planteó la CNDH.

La acción de inconstitucionalidad supone que la LSI viola los derechos de seguridad jurídica; de acceso a la información pública, con relación al principio de máxima publicidad, y a la protección de datos personales.

También se vulneran las garantías de consulta previa de las comunidades indígenas, de libertad de expresión, de libertad de asociación, y el principio de inmediatez en la puesta de disposición.

Los otros principios que a criterio de la CNDH se están violando con la LSI son el de legalidad, pro persona y el de progresividad, se detalló en el documento de la controversia.

La CNDH argumento que la ley impugnada contradice los criterios establecidos sobre la subordinación de autoridades civiles a militares, lo que contradice criterios planteados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Que se pretendan redefinir y jerarquizar los conceptos de seguridad nacional, seguridad interior y seguridad pública, dejando de lado el contenido y tratamiento diferenciado y específico que de los mismos se hacen a nivel Constitucional”, argumentó el organismo autónomo.

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