| Ordena INE a Gali no difundir informe de labores fuera de Puebla. | ||||||
| La controversia surge a raíz de que un diario de circulación nacional publicó el pasado martes una inserción del primer informe de labores del panista | ||||||
| Viernes 19 de Enero de 2018 | ||||||
| Por: Excelsior | ||||||
Por mayoría de votos, el órgano electoral concedió ayer la medida cautelar, bajo la figura de tutela preventiva, a un ciudadano en contra del mandatario, por considerar que la difusión de sus actividades fuera de su entidad contraviene la ley electoral. La controversia surge a raíz de que un diario de circulación nacional publicó el pasado martes una inserción del primer informe de labores del panista. "La Sala (Regional Especializada del Tribunal Electoral Federal) va a decir si este acto es o no ilícito; nosotros lo único que hacemos es conservar el tema para que no genere un daño que podría ser, a la postre, irreparable, hasta en tanto la Sala define si es un acto o no ilegal. Es algo preventivo", dijo la consejera Claudia Zavala. En sesión extraordinaria urgente, con los votos a favor de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, y el voto en contra del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó "-bajo la apariencia del buen derecho y como parte de un análisis preliminar- que la ley electoral establece que la divulgación de los informes de labores debe limitarse al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público". Las consejeras precisaron que la tutela preventiva se concibe como una protección contra el peligro de que una conducta probablemente ilícita continúe, sobre todo al quedar comprobada que la inserción -motivo de la queja- fue pagada por un ente público en un diario de circulación nacional. Con ello, la Comisión ordenó al mandatario poblano y a los responsables de la comunicación de esa instancia gubernamental local, abstenerse de pactar o sugerir la publicación de inserciones relacionadas con el Primer Informe de Labores de esa autoridad estatal en medios de comunicación con cobertura fuera de la entidad. Esta medida busca también prevenir que más publicidad pueda repetirse en los días que aún se puede difundir el informe de gobierno señalado (hasta el 20 de enero de 2018). Por su parte, el consejero Benito Nacif señaló que la Comisión no tiene atribuciones para dictar medidas cautelares ante hechos futuros de realización incierta, sobre todo al no existir certeza de una próxima publicación con características similares, por lo que a su juicio la tutela preventiva debió declararse improcedente. |
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