De Veracruz al mundo
Pide CDHDF a Peña vetar Ley General de Salud.
Su aplicación contrarrestaría la progresividad de los derechos de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo e iría en contra de su derecho a la autonomía reproductiva, por lo que en breve enviará el análisis jurídico correspondiente con perspectiva de derechos humanos a dicha iniciativa aprobada por mayoría en el Senado de la República.
Domingo 25 de Marzo de 2018
Por: jornada.unam.mx
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) llamó al Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, a ejercer su derecho de veto a promulgar la reciente reforma a la Ley General de Salud, donde se incorporó la objeción de conciencia para personal médico y de enfermería.

Su aplicación contrarrestaría la progresividad de los derechos de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo e iría en contra de su derecho a la autonomía reproductiva, por lo que en breve enviará el análisis jurídico correspondiente con perspectiva de derechos humanos a dicha iniciativa aprobada por mayoría en el Senado de la República.

Con la adición del artículo 10 Bis a esa legislación, explicó, dichos trabajadores podrán excusarse de participar en todos aquellos programas, actividades, prácticas tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia, con base en valores éticos, lo cual va en contra de las mujeres y de cualquier persona a decidir sobre su cuerpo.

La CDHDF recordó que el Estado debe garantizar que dichos servicios estén al margen de las creencias religiosas, por lo cual apeló a la independencia de poderes, para que el Ejecutivo Federal ejerza su derecho de veto a la reciente reforma.

De esta manera, se cumpliría con los deberes de progresividad, prohibición de la regresión y máximo uso de los recursos disponibles, a través de un marco normativo que no contradiga el carácter de un Estado laico como el mexicano.

El cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres se establece en el artículo primero constitucional y en los tratados internacionales que México ha suscrito; aunque también el derecho del personal de salud a la objeción de conciencia está en la Constitución, precisó.

En sus artículos 5, 6 y 24 se leen los derechos a ejercer en una profesión, industria o trabajo que le acomode a la libre manifestación de las ideas y derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, siempre y cuando no perjudique a terceros, ni constituya un delito o falta penados por la ley.

Además el Comité de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer estableció que la negativa de un Estado a prestar determinados servicios de salud reproductiva a la mujer en condiciones legales resulta discriminatoria, destacó.

Por ello llamó al Ejecutivo Federal a vetar dicha reforma.

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