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Orden para Comisión de la Vedad de Ayotzinapa contraviene la Constitución: Procuradores y fiscales.
Reunidos en la ciudad de Acapulco, Guerrero, los 32 procuradores y fiscales del país concluyeron que el Primer Tribunal Colegiado Penal de Tamaulipas carece de facultades para emitir este tipo de resolución.
Viernes 22 de Junio de 2018
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.- La Conferencia Nacional de Procuradores de Justicia (CNPJ) aprobó un pronunciamiento de rechazo al mandato judicial que dispone la creación de una Comisión de la Verdad y la Justicia, así como reponer la investigación del caso Ayotzinapa, bajo el argumento de que carecen de facultades para emitir un fallo de esta naturaleza y ordenar la creación de dicho organismo.

Reunidos en la ciudad de Acapulco, Guerrero, los 32 procuradores y fiscales del país concluyeron que el Primer Tribunal Colegiado Penal de Tamaulipas carece de facultades para emitir este tipo de resolución.

“El pronunciamiento lo que hace ver es eso, precisamente un exceso del Tribunal Colegiado en la resolución que dictó, en función de lo que acabo de mencionar. Un tribunal colegiado no tiene facultades constitucionales para ordenar la creación de una comisión de justicia y de verdad”, explicó el procurador del Estado de México, Alejandro Gómez Sánchez.

Afirmó que con la resolución, “hay una afectación a todo el orden jurídico constitucional”.

A su vez, el fiscal de Puebla, Víctor Carrancá, señaló: “Fiscales y procuradores generales de justicia que integramos la CNPJ emitimos un pronunciamiento unánime en el sentido de que la resolución es una clara contravención al texto constitucional, pues vulnera el principio de supremacía constitucional, el principio de reserva de ley, el principio de separación de poderes, y desborda los efectos que corresponden al juicio de amparo trastocando la esencia del Ministerio Público”.

Añadió que no cabe una interpretación por persona, como lo dicta la resolución del Tribunal Colegiado y para que un órgano ejerza funciones es necesario que así lo disponga el texto constitucional y las leyes emanadas de ella.

En el caso concreto, abundó, no existe disposición alguna que faculte al Poder Judicial a subrogar la investigación y persecución de los delitos, al margen de distribución de funciones y competencias que expresamente establece la Constitución.

El Primer Tribunal Colegiado Penal de Tamaulipas concedió el pasado 31 de mayo el amparo a cuatro de los señalados como responsables del asesinato y desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, ocurrida el 26 de septiembre de 2014, por lo que además ordenó reponer la investigación del caso.

Lo más polémico fue que también ordenó crear una Comisión de la Verdad en la que los familiares de las víctimas y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), serán quienes dicten las líneas de investigación que deberá de seguir el agente del Ministerio Público Federal.

Ello, después de que la Procuraduría General de la República (PGR) retire del caso a los funcionarios que hayan tenido que ver con la investigación, como ministerios públicos, peritos, entre otros.

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