De Veracruz al mundo
Entra en vigor Código de Conducta de la Cámara de Diputados.
El texto, publicado en la Gaceta Parlamentaria, señala que los funcionarios sujetarán su comportamiento “al ejercicio del servicio público de forma honesta, evitando en todo momento solicitar, exigir, recibir o pedir de manera indebida bienes, dinero, favores, donativos o regalos, para sí o para terceros”.
Martes 02 de Julio de 2019
Por: La Jornada
Ciudad de México.- Este martes entró vigor el Código de Conducta de la Cámara de Diputados, que aplicará también a todos los proveedores de bienes y servicios que mantienen alguna relación contractual.

El texto, publicado en la Gaceta Parlamentaria, señala que los funcionarios sujetarán su comportamiento “al ejercicio del servicio público de forma honesta, evitando en todo momento solicitar, exigir, recibir o pedir de manera indebida bienes, dinero, favores, donativos o regalos, para sí o para terceros”.

Con una larga serie de conductas o actos no permitidos, el código advierte que los legisladores “deberán evitar expresar comentarios misóginos, de homofobia o racistas per se, o a través de los medios electrónicos, así como abstenerse de enviar comunicados, imágenes o textos que puedan contener algún tipo de ofensa, ya sea vía electrónica o exhibiéndolos en sus lugares de trabajo”.

Determina también realizar de manera eficiente y eficaz las funciones de fiscalización, control y jurisdiccionales propias de la Cámara, además de las inherentes a las funciones que desempeñan los órganos de gobierno, comisiones o comités de la institución.

Estable que los legisladores no deben conceder privilegios o preferencias a ninguna persona física o moral que indebidamente intente obtener algún beneficio para sí o para un tercero; o pretender que el sentido de uno o más votos se emitan para que un dictamen, ley o decreto sea o no aprobado por el pleno, en una o más comisiones, comités, o por cualquier instancia que tome decisiones o emita resoluciones.

El incumplimiento de alguna de las disposiciones contenidas en dicho Código se podrá considerar como falta al Código Ético de la Cámara de Diputados, conforme lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas, señala el mismo documento.



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