Juez admite amparo contra refinería Dos Bocas. | ||||
De acuerdo con la demanda de garantías radicada en el expediente 1463/2019 el juez citó para la audiencia constitucional el próximo 23 de octubre a las 11 de la mañana y pidió a las autoridades responsables, entre ellos al Director General de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, sus informes justificados que deberán rendir en el plazo improrrogable de quince días. | ||||
Martes 01 de Octubre de 2019 | ||||
Por: La Jornada | ||||
![]() |
||||
De acuerdo con la demanda de garantías radicada en el expediente 1463/2019 el juez citó para la audiencia constitucional el próximo 23 de octubre a las 11 de la mañana y pidió a las autoridades responsables, entre ellos al Director General de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, sus informes justificados que deberán rendir en el plazo improrrogable de quince días. “Dese la intervención legal que corresponde al agente del ministerio público de la federación adscrito a este órgano jurisdiccional. Se tienen por admitidas las pruebas documentales que ofrece en su libelo constitucional, mismas que se desahogan por su propia y especial naturaleza, sin perjuicio de su relación en la audiencia constitucional. Se habilitan días y horas inhábiles. Se autoriza la toma de las actuaciones mediante medios digitales. Se tiene a la parte quejosa señalando domicilio para oír y recibir notificaciones”. Señala el fallo. Hidalgo Cáceres tramitó la demanda de garantías el pasado 3 de septiembre, pero el juez apenas le dio entrada el 25 del mismo mes y ent6re los actos que reclama es principalmente la autorización del proyecto “denominado construcción de la refinería Dos Bocas”. Antes de aceptar a trámite la demanda de amapro, el impartidor de justicia le solicitó al político que manifestara si señalaba como autoridad responsable al Director General de Gestión de Procesos Industriales perteneciente a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos, con sede en Ciudad de México. También que precisara cuál era el acto que atribuye al Director General de Petróleos Mexicanos, con residencia en Ciudad de México y aclarara si deseaba señalar como autoridad responsable al presidente de la República; y, de ser así, el acto que le imputaba. |
||||
|
||||
Nos interesa tu opinión |
||||
![]() |
||||
> Directorio > Quiénes somos |
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |