De Veracruz al mundo
Corte da razón a Edel y avala designación provisional de jueces para integrar salas del TSJ en atención al derecho de impartir justicia.
Sábado 23 de Noviembre de 2019
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En atención al derecho a la impartición de justicia, tutelado por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la designación de jueces con funciones de magistrados en el Poder Judicial del Estado, realizada en uso de sus atribuciones por el magistrado presidente del Poder Judicial y del Consejo de la Judicatura, Edel Álvarez Peña.

De acuerdo con la decisión del Máximo Tribunal de Justicia del país, lo anterior da marcha atrás a la resolución del Juez Federal Segundo de Distrito en el Estado, Alejandro Quijano Álvarez, quien argumentó que es atribución exclusiva del gobernador constitucional y de la Legislatura en funciones hacer el nombramiento de los integrantes de las Salas de Justicia.

En ese sentido, la Corte determinó que de conformidad con el artículo 19, fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz abrogada, corresponde al presidente del Tribunal Superior de Justicia adoptar, en los casos urgentes, las medidas necesarias para la correcta impartición de justicia.

Por lo anterior, la resolución de la Suprema Corte establece que el titular del Tribunal Superior de Justicia podía designar a una persona para integrarla, mas no nombrarla con aquel carácter. “Ante la falta de un magistrado que integre una de sus salas, el Presidente, en uso de la atribución que le otorga el artículo 19, fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz abrogada, podrá designar a una persona para integrarla, mas no nombrarla con aquel carácter”.

En tales condiciones, la SCJN explica que ante la falta de un magistrado que integre una sala de ese tribunal, su presidente ejerce dicha atribución, en atención al derecho a la impartición de justicia, tutelado por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En consecuencia, explica, el presidente del TSJ sólo designa a una persona para que integre la Sala respectiva, pero no nombra a un magistrado, pues ello sólo compete a los órganos que establece la Constitución de Veracruz. Es decir, sólo hace la designación o encomienda de una persona para integrar debidamente la sala que corresponde, a efecto de dar celeridad a la resolución de los asuntos y, por tanto, no obstaculizar el funcionamiento de la misma, pero sin que ello implique que a la persona designada se le confiera el cargo de magistrado.

Sobre este tema habría que recordar que el problema se suscitó tras la demora en la designación de las 13 magistraturas vacantes, situación que quedó resuelta el pasado 11 de octubre cuando el Congreso local eligió a los magistrados que ocuparían esos puestos, a propuesta del Gobernador del Estado, quienes se integraron a sus respectivas salas en el Poder Judicial del Estado.


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