De Veracruz al mundo
Un Magistrado es destituido e inhabilitado 10 años por acoso sexual y nepotismo; hostigó a 10 mujeres.
“El combate a la violencia de género y al nepotismo son dos de los ejes principales del CJF, pues representan un cáncer para la sociedad que, de entrada, debe ser combatido desde la trinchera de aquellos servidores públicos que juraron velar por la justicia y los valores constitucionales”, puede leerse en el comunicado.
Miércoles 08 de Enero de 2020
Por: sinembargo
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- El pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) aprobó la destitución e inhabilitación por un periodo de 10 años de un Magistrado federal, acusado de acoso sexual a 10 mujeres, además de contratar a la esposa de un Juez de Distrito de su mismo circuito, en acuerdo y beneficio del regulador mencionado.

De acuerdo con un comunicado emitido por el CJF, el Juez recibió una sanción y fue suspendido de sus funciones debido a su falta de profesionalismo y al indebido ejercicio del cargo.

El pleno del CJF aseguró que sostiene una posición de cero tolerancia, al igual que su Ministro presidente, Arturo Zaldívar, respecto a casos sobre paridad de género y no violencia de género, así como el nepotismo dentro del Poder Judicial de la Federación (PJF).

“El combate a la violencia de género y al nepotismo son dos de los ejes principales del CJF, pues representan un cáncer para la sociedad que, de entrada, debe ser combatido desde la trinchera de aquellos servidores públicos que juraron velar por la justicia y los valores constitucionales”, puede leerse en el comunicado.

El oficio señaló que la vocación del Poder Judicial de la Federación (PJF) es de servicio público, fundamentado en la ética, el profesionalismo y el respeto a los derechos fundamentales.

El pleno del CJF sostuvo que la justicia está para el servicio y seguridad de los mexicanos, por lo que aseguran que los juzgadores federales están a la altura, por lo que reafirman su labor en esta administración.

Finalmente, el oficio da a conocer que la resolución del presente caso se dio con apego constitucional y de leyes aplicables, respetando el principio de presunción de la inocencia.

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