De Veracruz al mundo
Aumentan penas por violencia intrafamiliar.
La Cámara de Diputados aprobó aumentar de tres a siete años de cárcel las penas por violencia intrafamiliar, así como realizar tratamiento sicológico
Martes 03 de Marzo de 2020
Por: Excelsior
Foto: Pixabay
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó aumentar de tres a siete años de cárcel las penas por violencia intrafamiliar.

Con 331 votos a favor, 1 en contra y cero abstenciones, fueron aprobados los cambios los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal.

La diputada por Morena, María Teresa López Pérez, argumentó en tribuna que la violencia intrafamiliar afecta principalmente a las mujeres y los casos evidenciados recientemente en los feminicidios demostraron la urgencia por aumentar las condenas.

Las distintas manifestaciones de la realidad, en las cuales comenzaron a hacerse públicos casos de brutalidad y abuso físico al interior de los hogares, pusieron en el centro de la discusión la necesidad de incrementar las medidas de protección para las familias (…) los casos de violencia familiar trascienden y afectan con mayor severidad a las mujeres”, advirtió.

Destacó que el 43.9% de las mujeres ha enfrentado agresiones de su esposo, pareja actual, o de la última a lo largo de su relación, y está más acentuado entre las mujeres que se casaron o unieron antes de los 18 años, que es el 48.0 por ciento, que entre quienes lo hicieron a los 25 o más años, el 37.7 por ciento, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), a través de los resultados obtenidos en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares en 2018.

La reforma al artículo 343 Bis indica que a quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrán de tres a siete años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento sicológico.

En los cambios al artículo 343 Ter, se equipara a la violencia familiar y se sancionará con tres a siete años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo 343 Bis en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación o instrucción.

La reforma pasó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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