Impugnará Cenace suspensiones definitivas otorgadas a empresas de energía limpia. | ||||||
El Cenace también indicó que el juez otorgó la suspensión definitiva sin el conocimiento de la situación técnica | ||||||
Martes 26 de Mayo de 2020 | ||||||
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En un comunicado, el organismo señaló que el Juzgado Primero Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica, no es competente para desahogar los juicios. “Este organismo reitera que hará válido ante las autoridades respectivas la falta de competencia del Juez de conocimiento, dado que se trata de un asunto Administrativo y no de Competencia Económica”, detalló. Lo anterior, en virtud de que el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), se encuentra fuera de comercio según lo disponen los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, situación que se reconoce por el juzgador en las resoluciones, dijo el Cenace. El Cenace también indicó que el juez otorgó la suspensión definitiva sin el conocimiento de la situación técnica, lo cual se demuestra al momento de solicitar en dicha resolución que el Cenace está obligado a rendir un informe técnico en el que de manera detallada se le expliquen cuestiones técnicas que refieran a dicha suspensión. “No obstante, aun desconociendo los alcances técnicos, otorgó la suspensión definitiva sin identificar el impacto al SEN, poniendo en peligro dicho bien público en perjuicio del Estado Mexicano, representado por el Cenace para estos efectos”. El Cenace también informó que ya fue notificado sobre seis suspensiones definitivas otorgadas por ese juez en contra de las reglas publicadas el pasado 29 de abril, mediante las cuales se suspenden la realización de las pruebas técnicas para la conexión de las centrales de energías limpias. En este sentido el organismo aclaró que cumple con las medidas dictadas por el juez, por lo que dichas reglas se mantienen sin aplicar. |
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