Silvano Aureoles firma decreto para aplicar sanciones y clausuras por no respetar medidas sanitarias. | ||||
Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, firmó un decreto para aplicar amonestaciones, multas y clausurar espacios públicos que no acaten nuevas medidas sanitarias | ||||
Sábado 01 de Agosto de 2020 | ||||
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“Considerando el notable crecimiento del número de casos confirmados de personas contagiadas por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), los cuales a la fecha son 9 mil 725 casos positivos confirmados y, sobre todo, ante e crecimiento de la tasa de letalidad de esta enfermedad la cual es de 7.48% en nuestro estado, es que resulta emitir el presente Decreto a efecto de prevenir, contener y atender la emergencia, mediante la implementación de medidas extraordinarias temporales que permitan evitar un repunte en los contagios”, refiere el documento signado por el titular del Ejecutivo estatal. Entre las medidas que instruyó el gobernador a través del decreto, es el uso obligatorio de cubrebocas que cubran la nariz y la boca, por todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, al interior de empresas, comercios, oficinas y del transporte público del Estado de Michoacán. Transportistas o propietarios de establecimientos comerciales que incumplan esta medida, o permitan que su personal o quienes ingresen a los mismos, no porten cubrebocas, serán acreedores a las sanciones administrativas. Asimismo, todos los servidores públicos de la Administración Estatal, deberán portar cubrebocas, cuando se encuentre en funciones. El Decreto de una Nueva Convivencia incluye que los bares, antros y establecimientos nocturnos deberán cerrar sus instalaciones a las veintitrés horas de los días jueves a sábado, y no podrán laborar los días domingos. En el interior, se deberán mantener las medidas sanitarias establecidas por las autoridades competentes. En los municipios en los que se encuentre un riesgo máximo (bandera roja) y riesgo alto (bandera amarilla) epidemiológico, los lugares recreativos como parques, jardines y plazas públicas continuarán cerrados; y quedará prohibida la operación de tianguis o mercados ambulantes los fines de semana. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes, advierte el decreto, será sancionado con: Amonestación con apercibimiento; Multa de diez a treinta Unidades de Medida y Actualización (UMAS) Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total Arresto hasta por treinta y seis horas. Lo anterior, resalta el documento, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delito. |
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