De Veracruz al mundo
Suprema Corte analiza primer tema electoral para el proceso 2020-2021.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación comenzó el análisis de la primera, de un total de 16 leyes electorales locales impugnadas
Martes 25 de Agosto de 2020
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Foto: Cuartoscuro .
.- En su sesión vía remota celebrada el 24 de agosto de 2020, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó el análisis de la primera, de un total de 16 leyes electorales locales impugnadas, que regirán los distintos procedimientos en las entidades federativas en el proceso electoral 2020-2021, las cuales fueron combatidas vía acción de inconstitucionalidad por diversos partidos políticos.

En este asunto, presentado bajo la ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, el Pleno efectuó el análisis de los temas que planteó Morena contra diversas reformas al Código Electoral de Michoacán, publicadas en la gaceta oficial de ese estado el 29 de mayo de 2020.





Zaldívar agradeció presentación oportuna
El Ministro Presidente Arturo Zaldívar precisó que este tipo de asuntos en materia electoral son de plazo perentorio, y agradeció a la Ministra Ponente su disposición para presentarlo oportunamente al Pleno conforme a lo que señala la ley, esto es, antes del inicio del proceso electoral local, que ocurrirá la primera semana de septiembre de 2020.

Entre los temas discutidos, destaca que por mayoría 10 votos el Pleno invalidó diversas normas del Código Electoral local que prohibían a los candidatos hacer referencias a expresiones que puedan ofendero denigrar a las personas; pues, a partir de la reforma constitucional en materia electoral de febrero de 2014, quedó establecido que la propaganda política o electoral sólo debe abstenerse de expresiones que calumnien a las personas, por lo que cualquier otro término que limite dicha propaganda, es contraria al artículo 41, apartado C, base III, de la Constitución Federal.

Finalmente, en la sesión de este martes 25 de agosto, el Pleno continuará con la discusión del asunto, para pronunciarse en los temas de reparto de curules por el principio de representación proporcional; regulación y uso de urnas electrónicas; y pruebas en el procedimiento administrativo sancionador electoral.

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