Condenan el asesinato del activista Tomás Martínez Pinacho. | ||||||
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) dictó medidas cautelares a los miembros del FPR, así como a familiares de la víctima mortal | ||||||
Martes 25 de Agosto de 2020 | ||||||
Por: Excelsior | ||||||
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A su vez, la Fiscalía General del Estado inició la carpeta de investigación 25943/FDAI/UEIH/2020, por el homicidio calificado del también dirigente del Frente Popular Revolucionario (FPR) en la región Sierra Sur, con disparos de arma de fuego por desconocidos cuando se disponía a comer en una taquería, antes de dirigirse a su comunidad de origen, Miahuatlán de Porfirio Díaz. El hoy occiso participó en una protesta denominada “por la salud, pan, trabajo y seguridad social para los pueblos”, en la que su organización denunció que la administración estatal ha asumido una actitud de cerrazón para resolver las necesidades de los trabajadores del campo y la ciudad. También reclamó justicia para sus compañeros asesinados, la construcción de clínicas en las comunidades, dotación de personal, equipo médico y material sanitario, la entrega de subsidio económico y alimentario para los trabajadores, desarrollo de proyectos comunitarios para garantizar trabajo y asistencia técnica e insumos agrícolas para el campesino pobre, entre otros. Al concluir la manifestación y en ruta a su comunidad, Martínez Pinacho junto con un compañero paró en comer, lugar donde desconocidos lo ejecutaron. Al respecto, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) dictó medidas cautelares a los miembros del FPR, así como a familiares de la víctima mortal y sobreviviente. Lo anterior, al considerar que los integrantes de la agrupación social podrían encontrarse en riesgo ante el ataque armado en el que perdió la vida uno de sus integrantes y otro más quedó gravemente herido, ataque armado posterior a las movilizaciones realizadas por dicha agrupación social. Por tanto, la DDHPO solicitó a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) la adopción de una medida cautelar o precautoria que permita brindar seguridad a los deudos y a dirigentes de la agrupación, así como el ejercicio de su derecho de manifestación y libertad de expresión. El órgano autónomo reiteró que la libre manifestación de las ideas es un derecho constitucional que debe ser respetado y garantizado por el Estado, debido a que esto es parte fundamental de la democracia. |
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