De Veracruz al mundo
Entra en vigor norma que exige a gasolineras dar litros completos; podrían ser clausuradas.
A partir de este 8 de octubre, entró en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017.
Jueves 08 de Octubre de 2020
Por: SDP Noticias.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- A partir de hoy jueves 8 de octubre, entró en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017, por medio de la cual se busca para garantizar el despacho de correcto de gasolina, razón por la que las gasolineras que no den litros completos a los consumidores, serán sancionadas.

Así lo informó la Secretaría de Economía (SE) por medio de un comunicado, a través del cual indicó que el principal objetivo de la medida, es que todos los establecimientos del país cuenten con dispensarios nuevos o actualizados, para así dar certidumbre a los consumidores en sus compras.

Como parte de la puesta en marcha de la norma, se estableció que en sus vistas de verificación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)podrá aplicar sanciones que podrían ir hasta la clausura de las gasolineras que no cumplan con las medidas necesarias.

Para lo anterior, los dispensarios de combustible de cerca del 80 por ciento de los negocios del país, tendrán la capacidad de registrar ajustes o alteraciones al sistema de medición o despacho de gasolina, así como cambios de precios y accesos al sistema electrónico (particularmente la apertura de puertas).

De la misma forma, las máquinas podrán registrar el acceso al modo de programación, así como algún cambio de fecha y hora del sistema y actualizaciones de los programas de cómputo incluyendo las versiones a la que se actualizó.

Además, por medio de la nueva Norma Oficial Mexicana también se buscarán detectar áreas que estén vinculadas al robo de combustibles, con lo que se espera coadyuvar con otras autoridades, en la tarea de cerrar vías a grupos delincuenciales relacionados con la venta de hidrocarburos robados.

En caso de detectar irregularidades en las gasolineras, la Profeco podrá proceder con la aplicación de sanciones que van desde la inmovilización de las bombas despachadoras, hasta la clausura de las estaciones, o de existir una denuncia ante la Fiscalía General de la República, se podría ejercer una acción penal.

Sobre esto último, la directora de la consultora Grupo Ciita, Beatriz Marcelino, dijo que no lo menciona en ningún lado la legislación y sólo se contempla dos sanciones: multa e inmovilización, por lo que una acción penal, solo se podría dar cuando se quiten los sellos de suspensión y se siga operando.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
22:07:18 - Se registra fuerte incendio en bodegas de Alimentación para el Bienestar en Zacatecas
21:20:09 - Veracruz, primer lugar nacional con más casos de gusano barrenador, con 3 mil 194 casos, de los cuales 199 permanecen activos
21:07:22 - Se suma dirigente estatal de MC a la protesta de trabajadores del sector salud
21:05:49 - Anuncia Pemex quema de producto excedente o ruidos fuertes por arranque de la Planta de PEBD en el Complejo Petroquímico Cangrejera
21:04:37 - Presume diputado Esteban Bautista que presentará iniciativa ABC para rescatar el medio ambiente en Veracruz; Por fin de pondrá a trabajar
19:39:18 - Abaten a presunto delincuente tras enfrentamiento con policías en la México-Querétaro
19:31:07 - El Salvador inicia juicio masivo contra 486 líderes de la Mara Salvatrucha
19:26:18 - Jalisco: solicitan revocación de mandato contra Verónica Delgadillo en Guadalajara
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016