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Emite CNDH recomendaciones al IMSS por negligencias médicas.
Los documentos están dirigidos al director general del IMSS, Zoé Robledo. El primer caso fue la inadecuada atención médica en julio de 2018 a una mujer en el Hospital General de Zona número 8 de Uruapan, Michoacán, que derivó en su posterior fallecimiento.
Lunes 12 de Octubre de 2020
Por: La Jornada
Foto: CNDH
Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió sendas recomendaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por los casos de una mujer que perdió la vida por inadecuada atención y por el de un niño cuya negligencia del personal del Instituto le dejó una parálisis cerebral y secuelas neurológicas irreversibles.

Los documentos están dirigidos al director general del IMSS, Zoé Robledo. El primer caso fue la inadecuada atención médica en julio de 2018 a una mujer en el Hospital General de Zona número 8 de Uruapan, Michoacán, que derivó en su posterior fallecimiento.

Se le diagnosticó necrobiosis diabética y se ordenó la amputación del pie derecho; sin embargo, el personal del nosocomio no atendió adecuadamente a la paciente, provocando una demora en la realización del procedimiento quirúrgico, lo que agravó su condición de salud hasta su fallecimiento.

La CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, atribuibles a los médicos de ese hospital, quienes no valoraron adecuadamente el estado de salud de la víctima.

El caso del niño, de cuatro años, se dio en el Hospital de Pediatría “Dr. Silvestre Frenk Freund” del Centro Médico Nacional “Siglo XXI” en la Ciudad de México. El personal de ese espacio incurrió en violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al principio del interés superior de la niñez, al acceso a la información en materia de salud y afectación al proyecto de vida en agravio de la víctima.

El pequeño fue sometido a una intervención quirúrgica de corazón con la finalidad de realizar el cierre de una comunicación interventricular que ocasionaba un soplo en miocardio; sin embargo, la negligencia médica condicionó que el menor presentara parálisis cerebral con secuelas neurológicas irreversibles.

La CNDH advirtió que el IMSS incumplió con su deber de garantizar la atención médica especializada que requería la víctima, con calidad y oportunidad, pues el servicio de neurocirugía del Hospital de Pediatría brindó de manera tardía la valoración y manejo quirúrgico que requería el paciente, generando a éste secuelas irreversibles, afectando su proyecto de vida.

Entre las recomendaciones dirigidas a Robledo por ambos casos, está la de reparar el daño de manera integral a las víctimas y sus familiares por los daños causados, incluyendo una compensación justa y suficiente, y atención psicológica.

En el caso del pequeño que se le brinde atención médica vitalicia, que incluya servicios médicos especializados que prevengan el desarrollo de otras afecciones en su salud, así como la provisión de medicamentos, servicios de rehabilitación y equipo de apoyo para su movilidad que sean necesarios, mismos que deberán adecuarse a sus necesidades y desarrollo a lo largo de su vida, con motivo del estado neurológico que presenta.

De igual manera, otorgar una ayuda extraordinaria vitalicia o pensión no contributiva a la víctima, con la finalidad de que cuente con los recursos económicos necesarios y suficientes que garanticen su desarrollo personal, de conformidad con su situación de vulnerabilidad y pronóstico de sobrevida.

En ambos casos solicitó que el director del IMSS colabore con la CNDH en la presentación y seguimiento de las quejas que presentará ante el Órgano Interno de Control del Instituto para que se investigue y sancione al personal responsable.

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