Diputados envían al Senado reforma a la Ley de Hidrocarburos de AMLO. | ||||||
El Senado espera analizar y discutir la reforma antes de que termine el periodo ordinario de sesión, el 30 de abril próximo | ||||||
Jueves 15 de Abril de 2021 | ||||||
Por: El Heraldo de México | ||||||
La votación en lo particular del dictamen se dio a las 2:20 horas de este jueves, resultando 271 votos a favor, 134 en contra y 8 abstenciones. No fueron aceptadas ninguna de las 103 reservas de los diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC y PRD. La aprobación de la reforma se da pese que las bancadas de oposición advirtieron que provocará una lluvia de amparos en su contra, afectará la libre competencia en el sector, encarecerá la producción de combustibles y provocará escasez, y también generará incertidumbre jurídica para los participantes al suspender permisos a criterio de las autoridades. De acuerdo al proyecto de modificación a la ley, qué pasa como minuto a la cámara alta, el objetivo es buscar que México supere su “dependencia energética” con nuevas reglas para las empresas productivas del Estado, como Petróleos Mexicanos (Pemex), y empresas particulares. Entre los cambios se faculta a la Secretaría de Energía (Sener) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de suspender permisos de refinación, almacenamiento, transporte y comercialización de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”. En otro cambio pone como requisito para otorgar dichos permisos que la empresa garantice un almacenamiento mínimo de petrolíferos que rige la Sener; establece la negativa ficta en el procedimiento de trámite de los permisos, revocación de permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento de diversas disposiciones aplicables en materia de hidrocarburos y petrolíferos. Además, robustece el marco jurídico en materia de contrabando de combustibles, pues revoca permisos emitidos cuando se compruebe que la empresa o permisionario haya obtenido el combustible de manera ilícita. Otra causal de revocación es por alter la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos, así como a aquellos que modifiquen sistemas, ductos o instalaciones sin autorización. La única modificación que la Cámara hizo a la propuesta original del Ejecutivo fue hecha desde la Comisión de Energía, agregando una adenda al Artículo 59 Bis de la Ley de Hidrocarburos en la que se establece que la suspensión del permiso tendrá que ser con previa notificación al permisionario indicando las causas que motivan la suspensión, y dándole un plazo de 15 días naturales para defenderse. |
||||||
|
||||||
Nos interesa tu opinión |
||||||
> Directorio > Quiénes somos |
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |