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Responde auditora general Delia González a la ASF, y dice que el Orfis sí puede auditar gasto federalizado.
Sin embargo, dijo que este tema es motivo de una reforma, tanto local como federal, sin pasar por encima de lo que marca la Constitución Política de México, con el objetivo de ajustar el marco legal que le dé atribuciones exclusivas a la ASF en los términos que está interpretando.
Martes 11 de Julio de 2023
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Luego de que el secretario técnico de la Auditoría Superior de la Federación, ASF, David Ortiz Calzada, afirmó que sólo esa instancia puede auditar el gasto federalizado en los ayuntamientos, la auditora general del Órgano de Fiscalización Superior, Orfis, Delia González Cobos, manifestó su respeto hacia esa postura de la ASF, pero afirmó que la revisión de las cuentas públicas, ya sean fondos federales o ingresos propios de los ayuntamientos, amerita una reforma al marco legal existente, para definir correctamente las atribuciones de la Auditoría Superior y del Órgano de Fiscalización Superior. "Ni la Constitución Federal, ni la Ley que aplica la Auditoría Superior de la Federación se refieren a una revisión o fiscalización exclusiva, por lo que consideramos que de no acatar las disposiciones que nos otorgan las facultades para fiscalizar estaríamos incurriendo en el incumplimiento de un deber legal", expresó la titular del Orfis. Sin embargo, dijo que este tema es motivo de una reforma, tanto local como federal, sin pasar por encima de lo que marca la Constitución Política de México, con el objetivo de ajustar el marco legal que le dé atribuciones exclusivas a la ASF en los términos que está interpretando. "Hemos insistido en que las Entidades Fiscalizadoras Locales no hacemos una revisión de participaciones o fondos federales", reiteró, y dejó en claro que constitucionalmente están facultados para hacerlo. González Cobos detalló que en términos de lo que prevé el artículo 115 fracción IV, último párrafo de la Constitución Federal, las legislaturas de los Estados, a través de los órganos de Fiscalización revisan y fiscalizan las cuentas públicas. De igual forma, señaló que en el mismo sentido, el artículo 46 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior Local, señala que la fiscalización tendrá como objetivo revisar las cuentas públicas. Aunado a ello, dijo que el artículo 47 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación dispone que la Auditoría Superior de la Federación fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

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