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SCJN concluye que el Senado fue omiso en la designación de comisionados del INAI.
El pleno de la SCJN ordenó al Senado que en este periodo ordinario de sesiones se lleve a cabo la votación para que se designe a las personas comisionadas del INAI.
Lunes 02 de Octubre de 2023
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Por mayoría de ocho votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que el Senado de la República sí fue omiso en la designación de las tres personas comisionadas faltantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personal (INAI), lo que constituyó una “omisión administrativa” del Congreso y una violación al artículo sexto de la Constitución.

De esta forma ordenó al Senado que, dentro del presente periodo ordinario de sesiones, lleve a cabo la votación para que se designe a las personas comisionadas que ocuparan las vacantes derivadas de la conclusión del encargo de los comisionados Monterrey Chepov y Acuña Llamas, y en caso de no poder hacerlo agote las facultades constitucionales encomendadas a fin de permitir la pronta y completa integración del Pleno del Instituto.

Las y los ministros que votaron a favor del proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fueron la presidenta Norma Piña, Mario Pardo Rebolledo, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Alfredo Ortiz Mena y María Aguilar Morales.


En contra del proyecto votaron las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yasmin Esquivel Mossa, mientras que el ministro Arturo Zaldivar estuvo ausente de la sesión.


Además, durante la discusión de los efectos de la sentencia, las y los ministros autorizaron al pleno del INAI para poder sesionar con menos de cinco personas comisionadas presentes, siempre y cuando lo hagan con la totalidad de sus comisionadas y comisionados designados y de manera colegiada, como dicta la Constitución.


La controversia del INAI contra en Senado
El 13 de junio de 2023, la ministra Loretta Ortiz Alhf presentó una primer propuesta de sentencia en la que proponía desechar la controversia constitucional interpuesta por el INAI al señalar que, si bien “no se han logrado los consensos políticos” en el Senado, todo ello “no constituye una violación a la Constitución”.

Sin embargo, su propuesta fue rechazada por decisión mayoritaria, por lo que el asunto fue returnado al ministro González Alcántara Carrancá, quien finalmente resolvió darle la razón al INAI.

Durante la exposición de su proyecto, el ministro señaló que sí se configuraba la omisión administrativa por parte del Senado, pues existe una facultad de ejercicio obligatorio a su encargo para nombrar a las y los comisionados, y aunque no se prevea un plazo para su ejercicio, consideró que ya se había excedido lo que se considera un plazo razonable.

“En cuanto a las vacantes generadas en el 2022, derivadas por la conclusión de los encargos del comisionado Monterrey Chepov y Guerra Ford, se considera relevante que, en un solo paso de los todavía inacabados procedimientos de nombramientos […] transcurrieron 342 días”, dijo.



Omisión del Senado deja vulnerable al Instituto
Además, el ministro ponente señaló que sin su órgano plenario, el INAI se encuentra completamente inhabilitado en cuanto a su autonomía de gestión, de presupuesto y de organización interna, prevista en la Constitución, por lo que la omisión ha generado una vulneración en su diseño constitucional.


“Ha paralizado, además, el uso de sus facultades, por lo que se ha vulnerado su ámbito competencial en el grado más intenso. Esta afección tiene repercusiones directas en la defensa de los derechos de acceso a la información pública, en los derechos de transparencia, y de protección de datos personales, cuya garantía es la razón por la cual el INAI fue creado”, dijo.

En respuesta a esa conclusión, y tal como lo había hecho en la sesión pasada, la ministra Yasmin Esquivel Mossa señaló que luego de revisar las actuaciones del Senado, no encontró una omisión cometida ya que la vacante del comisionado Guerra “se encuentra suspendida por mandato judicial”, y respecto de las dos vacantes restantes “advierto que el senado cuenta con las respectivas ternas a fin de ponerlas consideración del pleno”.

No obstante, uno a uno las y los ministros de la Corte se pronunciaron en contra de este razonamiento al considerar que el Senado sí fue omiso en sus obligaciones administrativas, lo que causó una parálisis en el órgano autónomo.


Por: Alfredo Maza

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