De Veracruz al mundo
¡Buena noticia! Extienden plazo de registro a la pensión para adultos mayores.
La secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, hizo un llamado a las personas adultas mayores para que aprovechen esta oportunidad y acudan al Módulo de Bienestar más cercano
Lunes 25 de Diciembre de 2023
Por: Excelsior
Foto: Excélsior /
Ciudad de México.- La Secretaría de Bienestar ha anunciado una importante extensión en el plazo para el registro a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. Este ajuste en el calendario permite a aquellos que cumplen 65 años entre el 1° de noviembre de 2023 y el 30 de junio de 2024, inscribirse en este programa vital del 26 al 30 de diciembre.

La secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, hizo un llamado a las personas adultas mayores para que aprovechen esta oportunidad y acudan al Módulo de Bienestar más cercano. Estos módulos operan de lunes a domingo de 10 de la mañana a 4 de la tarde. La información sobre fechas y ubicaciones de los Módulos de Bienestar está disponible en la página oficial de la Secretaría de Bienestar: gob.mx/bienestar.


Para una atención más organizada, el registro se llevará a cabo siguiendo un calendario específico basado en la letra inicial del primer apellido de la persona adulta mayor:

A, B, C: Martes 26 de diciembre
D, E, F, G, H: Miércoles 27 de diciembre
I, J, K, L, M: Jueves 28 de diciembre
N, Ñ, O, P, Q, R: Viernes 29 de diciembre
S, T, U, V, W, X, Y, Z: Sábado 30 de diciembre
Los requisitos para el registro incluyen:


Requisitos:

Una identificación oficial vigente.
Acta de nacimiento.
CURP de reciente impresión.
Comprobante de domicilio no mayor a seis meses.
Teléfonos de contacto (celular y de casa).


Además, se permite que las personas adultas mayores designen a una persona auxiliar para representarlas en los trámites, quien deberá cumplir con los mismos requisitos.

Esta iniciativa refleja el compromiso de la Secretaría de Bienestar para garantizar el derecho al bienestar de las personas mayores, consagrado en el artículo 4° de la Constitución.



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