| Rechaza la Corte impedir a dos ministros abordar la ley eléctrica. | ||||||
| La Sener dijo que ambos ministros son integrantes del Instituto Mexicano del Amparo, que promovió activamente juicios en contra de la LIE, lo cual, sostuvo, ponía en duda su imparcialidad. | ||||||
| Jueves 11 de Enero de 2024 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
La Sener dijo que ambos ministros son integrantes del Instituto Mexicano del Amparo, que promovió activamente juicios en contra de la LIE, lo cual, sostuvo, ponía en duda su imparcialidad. Sin embargo, al poner a votación el impedimento 17/2023, los cinco ministros de la primera sala decidieron por unanimidad que no existen razones para dudar de la imparcialidad de Pérez Dayán y Aguilar Morales en estos casos. La decisión se basó en el criterio reciente de la SCJN respecto a que los impedimentos sólo proceden cuando los plantean los ministros, pues se considera que cuando un asunto llega hasta ese tribunal sólo restan por analizar temas de constitucionalidad. Los amparos específicos donde la Sener proponía los impedimentos son el 164/2023, promovido por Eléctrica del Valle de México, y el 106/2023, de la empresa Recursos Solares PV de México IV. Son los primeros amparos donde la SCJN revisará las reformas de 2021 a la LIE que establecieron normas favorables a la Comisión Federal de Electricidad, como empresa del Estado y responsable de la red que surte de esta energía a todo el país. El criterio que fije servirá de guía para más de 200 amparos en estudio en tribunales. |
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