De Veracruz al mundo
20 años después, ordenan a hospital de Sonora reparar daño a familia de niño que murió por cirugía mal realizada.
Tras el fallecimiento del niño Israel de un año 11 meses en 2004, su padre promovió una denuncia por la negligencia médica en el Hospital Infantil de Sonora.
Miércoles 07 de Febrero de 2024
Por: animalpolitico.com
Ciudad de México.- La familia del niño Ismael, quien falleció en diciembre de 2004 en el Hospital Infantil del Estado de Sonora por una cirugía mal practicada, debe recibir una reparación integral del daño, determinó este miércoles la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tras 20 años en los que su padre no ha dejado de buscar justicia.

“…Si bien la víctima es un menor de edad, quien falleció, como el propio Tribunal Colegiado asentó en su sentencia, los padres como víctimas indirectas han sufrido durante los últimos 18 años el dolor, la frustración, el estrés, la impotencia y desesperación por los hechos delictivos.


“Por tanto, es posible considerar que dichas personas se enfrentan a una posible revictimización con motivo del delito de homicidio doloso por responsabilidad médica y técnica en perjuicio del menor”, resuelve la Corte en la sentencia aprobaba por unanimidad en la primera sala.

La Corte reconoció que es posible ordenar medidas de restitución, rehabilitación, compensación y satisfacción, pues de esa manera se garantiza una reparación del daño oportuna, plena, integral y efectiva, lo cual hasta ahora le había sido negado a la familia con el argumento de que se origina en una causa penal y no de violaciones graves a derechos humanos.

La resolución determina que el Tribunal Colegiado fue omiso en precisar el momento en que debe cuantificarse el monto económico que corresponda a las víctimas directas e indirectas por reparación de daño, específicamente cuando se trata de delitos cometidos hacia menores de edad. Por lo tanto, nada impide que se apliquen las reglas dispuestas en la Ley General de Víctimas.


Negligencia médica en la muerte de niño Israel
Tras el fallecimiento del niño de un año 11 meses en 2004, su padre promovió una denuncia por la negligencia médica, que resultó en una sentencia contra dos de las personas involucradas, aunque con una pena de seis años, y quedaron en libertad bajo fianza. Con la reclasificación del delito a homicidio intencional, la sentencia se modificó a ocho años. El juicio contra dos cirujanos aún está pendiente de resolución final.

El 20 de enero de este año, cuando Ismael habría cumplido 21 años, la Secretaría de Gobernación realizó un acto de disculpa pública a su familia –junto con la develación de una placa y una escultura en el hospital donde falleció–, admitiendo la falta de capacidad del Estado para salvaguardar su derecho a la vida e integridad personal.


“Posterior a los hechos, por años prevaleció la impunidad e indiferencia; la falta de respuesta es, sin duda, atribuible al Estado. Y estamos convencidos que aún hay temas pendientes por atender”, dijo entonces Arturo Medina, subsecretario de Derechos Humanos.

La pregunta que resuena en nuestro corazón –cuestionó durante aquel acto el padre de Ismael– es “¿En manos de quién están todos los niños y niñas dentro de este país?”. Un homicidio intencional –agregó– sumió a su familia en una lucha incansable por justicia y reparación integral. Sin embargo, subrayó, su trágica historia no es única.

“Es un reflejo de un sistema de salud corroído por la corrupción y la indiferencia. Hoy denuncio la complicidad del Estado mexicano. Es hora de erradicar lineamientos y asegurar que ningún niño más sufra agresiones similares mediante establecer verdaderos protocolos de seguridad dentro de todos los hospitales. Mi lucha por justicia comenzó en el año 2004”, recordó.


Desde entonces, a pesar de recomendaciones de las comisiones estatal y nacional de derechos humanos y puntos de acuerdo de congresos, solo existe una sentencia firme por homicidio culposo contra dos anestesiólogas. Calificó las complicidades en el caso y la resistencia institucional como abrumadoras, pues no existen recursos judiciales adecuados y efectivos, independientes, imparciales y competentes.

Con la resolución de la primera sala, el Tribunal Colegiado deberá dictar una nueva resolución en la que se establezca si es procedente o no postergar la cuantificación del monto económico que corresponde a las víctimas indirectas, conceda el amparo para que este sea fijado y evalúe si fue correcta o no la cuantificación elaborada por las autoridades.







Por: Marcela Nochebuena
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