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Validan derechos de militares asignados a la Guardia Nacional.
En el decreto se precisa que en la reforma de 2019 que creó la Guardia Nacional se incluyó que los elementos de las policías Militar y Naval, así como personal de mando y servicios de apoyo de la fuerza armada permanente en tareas de seguridad conservarán su rango y prestaciones.
Miércoles 06 de Marzo de 2024
Por: La Jornada
Foto: Cristina Rodríguez
CDMX.- La Cámara de Diputados emitió ayer la declaratoria de validez de la reforma constitucional que garantiza el rango, servicio, antigüedad, pertenencia y prestaciones de militares y marinos asignados temporalmente a la Guardia Nacional (GN), aun cuando estén bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.



Con 19 votos de legislaturas estatales se confirmó ayer la reforma del 13 de diciembre, cuando en el mismo día las dos cámaras del Congreso de la Unión avalaron la iniciativa que interpretó el alcance laboral del artículo 3º transitorio que permitió la creación de la Guardia Nacional.

A solicitud expresa de las secretarías de la Defensa Nacional y de Seguridad, el Congreso aprobó una interpretación auténtica de los derechos del personal militar, para aclarar que los soldados separados funcionalmente de las fuerzas armadas para desempeñar tareas de seguridad pública no pierden sus derechos ni sus prestaciones.

En el decreto se precisa que en la reforma de 2019 que creó la Guardia Nacional se incluyó que los elementos de las policías Militar y Naval, así como personal de mando y servicios de apoyo de la fuerza armada permanente en tareas de seguridad conservarán su rango y prestaciones.

La interpretación “implica conservar sus prestaciones íntegras, toda vez que se encuentran en una asignación temporal… no deberá, en ningún caso, implicar una afectación a sus derechos laborales, prestaciones inherentes, así como la salvaguarda de ser reasignado a su fuerza armada de origen”.

También, que la garantía de reasignación de elementos militares o navales tendrá la finalidad de reintegrarlos a su fuerza armada para continuar realizando sus actividades de índole netamente castrense con la suma de derechos y prestaciones adquiridos en la GN.

El decreto reconoce y garantiza el cómputo de todo el tiempo de servicios que presten en esa dependencia, para sumarlo a su antigüedad en las fuerzas armadas y poder participar en promoción para el ascenso.

Tal interpretación fue necesaria a partir del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que invalidó la transferencia de la GN a la Secretaría de la Defensa Nacional y ordenó regresar el mando y operación de ese cuerpo policiaco a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

En la sesión del 13 de diciembre, senadores informaron en el pleno que durante una comida en la Secretaría de Gobernación el titular de la Defensa, general Luis Cresencio Sandoval, afirmó que de no aprobarse la reforma podría haber una desbandada de militares y marinos.

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