De Veracruz al mundo
Lozoya demanda devolución de residencia en Lomas de Bezares.
El exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, presentó un amparo en el que reclama la devolución de su residencia en Lomas de Bezares, valuada en 38 millones de pesos.
Lunes 17 de Junio de 2024
Por: Excelsior
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- El exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, presentó un amparo en el que reclama la devolución de su residencia en Lomas de Bezares, valuada en 38 millones de pesos, e impugna que el inmueble pase a ser propiedad de la Federación.

De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) la propiedad fue adquirida mediante una triangulación y pagada con recursos provenientes de un supuesto soborno por la compra-venta de la planta de Agronitrogenados.


El amparo presentado por Lozoya Austin, impugna la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, del pasado 9 de mayo.


En esa ocasión, el Tribunal Colegiado resolvió que el inmueble de Lomas de Bezares, en la Ciudad de México, debe pasar a ser propiedad de la Federación, en un juicio de Extinción de Dominio, al no lograr acreditar la procedencia lícita de los recursos para su compra.


No acreditó por qué razón la parte vendedora obtuvo dinero de parte de tres personas distintas por concepto de la casa a su nombre, sin que se advierta un vínculo entre éstas personas y la demandada que lo justifique, por lo que se declara procedente la acción de extinción de dominio", resolvió en su sentencia el Tribunal Colegiado.

La misma autoridad judicial recibió la demanda de amparo del ex director de Pemex, el que será turnado a un Colegiado en Materia Civil, para resolver en definitiva el destino de la residencia.


A partir de tales elementos probatorios… se llega a la convicción de que éstos no son idóneos para acreditar, en el caso concreto, la legítima procedencia del bien inmueble, materia de la acción de extinción de dominio. Ello, ya que dichos probatorios van encaminados a demostrar la propiedad del inmueble, más no así la procedencia legítima", resolvió el Tribunal Colegiado.



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