De Veracruz al mundo
Suprema Corte avala penalizar con cárcel la creación y difusión de contenido sexual con uso de inteligencia artificial.
Por primera vez, la Corte avaló penalizar a quien haga uso de la inteligencia artificial para crear, manipular y difundir imágenes, audios y videos de contenido íntimo sexual sin consentimiento expreso.
Jueves 20 de Febrero de 2025
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por primera vez penalizar con cárcel a quien haga uso de la inteligencia artificial para crear, manipular y difundir imágenes, audios y videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento expreso.



En sesión pública, el máximo tribunal aprobó por mayoría de votos el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para validar párrafos del artículo 185 C Bis del Código Penal de Sinaloa que fueron adicionados el 12 de febrero de 2024 mediante un decreto respecto al concepto y uso de la inteligencia artificial en el delito de violación de la intimidad sexual.

Dicho artículo establece que comete el delito aquella persona que por “cualquier medio publique divulgue, difunda, comparta o distribuya imágenes, videos o audios, imprima o elabore textos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado”.


La sanción por esta conducta será una pena de tres a seis años de prisión y de quinientos a mil días de multa, según establece el Código Penal de Sinaloa.

Respecto al uso de la inteligencia artificial, señala que se impondrán las mismas penas previstas a quien manipule imágenes, audios o videos de contenido sexual para la creación de hechos falsos con apariencia real “con el propósito de difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, sin consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado”.

Esto partiendo que se comprenderá por inteligencia artificial aquellos programas, aplicaciones o tecnología que analice imágenes, audios o videos y que realice ajustes automáticos para alterar o modificar el contenido.

En su momento, el Ejecutivo Federal demandó la invalidez de los preceptos, pues consideró que la definición de inteligencia artificial “taxatividad en materia pena”, al no describir de modo claro y exacto.


Sin embargo, la mayoría del pleno rechazó la supuesta falta de claridad en la definición del concepto.

“Es imposible, por las propias características del lenguaje, que el legislador defina de manera unívoca y exacta todas las palabras contenidas en un tipo penal. En ese sentido, en la actualidad, dada la constante evolución de la tecnología, no existe una definición única del concepto de Inteligencia Artificial”.

El primer caso en México que busca castigar la violencia digital con IA
En México, un caso relevante sobre violencia digital ha sido el de Diego “N”, un estudiante del Instituto Politécnico Nacional (IPN) que en 2023 fue denunciado por alumnas tras detectarlo “en flagrancia”, pues guardó más de 160 mil fotografías de carácter sexual en un iPad, alguna de ellas manipuladas con inteligencia artificial.

El 6 de octubre de ese año, el joven quedó a disposición de las autoridades escolares junto con la custodia de pruebas en la tableta digital propiedad de Diego “N”.

Por su parte, la Fiscalía de la Ciudad de México comenzó con las investigaciones del caso con entrevistas a las afectadas y la participación de la Policía Cibernética en las indagatorias para llevar a cabo “una exhaustiva revisión de imágenes que se encuentren en dispositivos móviles del investigado”.

El joven fue dado de baja de la escuela y posteriormente fue detenido y acusado por la comisión del delito contra la intimidad contra alumna del IPN.

En diciembre de 2024, un año después de su detención, Diego “N” fue absuelto.

Tras la resolución del juez Francisco Salazar Silva, abogadas y especialistas consultadas por El Sabueso de Animal Político coincidieron en que la absolución del joven evidencia fallas en el sistema de justicia penal que van desde la valoración de las pruebas, la tipificación y acreditación del delito y las sanciones.

Valeria Martínez Mondragón, abogada de las ocho víctimas que denunciaron a Diego N por el delito de violación a la intimidad sexual, consideró que la sentencia absolutoria por parte del juez se debió a que no valoró las pruebas ni juzgó con perspectiva de género.

“Le dejamos la total responsabilidad al juez, él decidió no tomar el debido peso de cada una de las pruebas que se le presentaron. En las manos del juez estaba la responsabilidad y decidió no juzgar con perspectiva de género o no dictar la sentencia condenatoria”, mencionó Martínez Mondragón en entrevista.

La abogada explicó que integró una carpeta durante un año y fue la suma de esfuerzos de la fiscalía, la Policía de Cibernética y de las asesorías jurídicas. Sin embargo, el 4 de diciembre Diego N fue absuelto pese a que el juez reconoció el delito en contra de las víctimas pero determinó que no había elementos suficientes para acreditar su responsabilidad.


“Es importante que ustedes sepan que a Diego no lo dejan absuelto por inocente, sino porque el juez valora que no fueron pruebas suficientes, que es algo muy diferente”, aclaró Martínez Mondragón a medios de comunicación.

Por estos hechos, las estudiantes buscaban una sentencia histórica al ser el primer caso en México en buscar castigar la violencia digital con inteligencia artificial.

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