INE deberá fijar nuevo esquema de tope de campaña de elección judicial. | ||||||
La semana pasada, el consejo general del INE determinó la cantidad anterior para todas las postulaciones, tanto las de alcance nacional como regional o distrital. | ||||||
Miércoles 12 de Marzo de 2025 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
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La semana pasada, el consejo general del INE determinó la cantidad anterior para todas las postulaciones, tanto las de alcance nacional como regional o distrital. Derivado de la reforma judicial, para estos comicios extraordinarios los candidatos no tendrán financiamiento público, por lo que el monto que finalmente se les autorice deberá ser de su propio bolsillo, bajo el concepto de “gastos personales”. En ese contexto se desarrolló el debate y ante la resolución del INE tres candidaturas (a ministro y magistrado de circuito) impugnaron, al mencionar que los aspirantes de un menor territorio tendrían ventajas. El asunto tocó a Reyes Rodríguez, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuyo proyecto fue admitido - en un hecho poco común- por sus tres colegas del bloque mayoritario. El legislador consideró que para la elección judicial debía considerarse para el gasto de campaña lo mismo que se permite gastar a un candidato independiente a una diputación federal. El magistrado Reyes concluyó que el monto - para esta elección extraordinaria- debe considerarse como “base” y adecuarse en función de cada tipo de elección, esto es, el cargo, el electorado y la territorialidad en la que se celebre esa contienda. Por tanto ordena al INE dicte otro acuerdo “en el que fije montos diferenciados para cada tipo de elección, atendiendo a las normas aplicables al caso y conforme a los lineamientos expresados en la ejecutoria, contando con libertad de criterio para ello”. El magistrado ponente adujo que el monto de los 220 mil 336 pesos no es único o invariable sino que es una base o valor inicial, a partir del cual el INE debe determinar los “diferentes topes” respecto de cada elección. Señaló que el INE debe considerar que la elección judicial corresponde a seis órganos diferenciados, de ahí que es necesario tomar en cuenta lo anterior, además, la cantidad de electores y el territorio - distrito uninominal y circunscripción- que abarca cada elección. Aclaró que lo anterior no significa que el monto del tope de gasto resulte de una multiplicación, sino de tomar en cuenta que las personas compitan en condiciones de equidad en la contienda. “Fijar un monto máximo de gasto para esta elección no es una tarea automática”. Janine Otálora, quien suele votar en el mismo sentido que Rodríguez, esta vez se separó del criterio, al argumentar que si se elevan los topes de gasto “es n demasía, lo único que se va a generar es una ventaja para las candidaturas que tengan mayor capacidad económica, distorsionando con ello la cancha pareja que debe prevalecer cuando lo que se debe impedir es que las diferencias de recursos afecten la equidad en la contienda”. Añadió que tampoco está de acuerdo en los parámetros de cálculo que propuso el magistrado porque en todo caso deberían considerarse los distritos electorales judiciales. El aludido respondió que tampoco sería razonable que el INE diga “ah, bueno, el límite superior entonces es 66 millones de pesos porque es lo que resulta de 220 mil por 300 distritos”. Por ello insistió en que no se trata de un ejercicio automático sino de una lectora completa de todas las reglas . Al final, con cuatro votos a favor y uno en contra, se revocó el acuerdo del INE a fin de que dicte otro tope que sea “proporcional, idóneo y necesario para garantizar una elección en la que se cumpla con los principios constitucionales que regulan las elecciones”. |
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