MOMENTO DE ACOTAR |
Francisco Cabral Bravo |
2025-10-13 /
16:36:43 |
Pensamiento mágico político |
Con solidaridad y respeto a Rocío Nahle García y Ricardo Ahued Bardahuil
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Los medios han sido, en muchos años, la principal presencia de valentía y de contención ante un poder político absoluto, monolítico y unipersonal. Sin esta presencia, México subirá tiranizado y nos hubiéramos embrutecido. Aún en México, que no siempre fue ni el más abierto ni el más tolerante supo conservar su independencia de criterio y su libertad de opinión.
Si alguien lo duda podría recordarle ver las ediciones matutinas el 03 de octubre 1968, que fue una oposición demoledora a la represión diazordacista. Ese jueves cambió la prensa mexicana, antes mansa y obediente con el gobierno. La orden oficial fue que los sucesos de la noche anterior no aparecieran en la primera plana.
Los medios no obedecieron a la Presidencia de la República y, con eso, no se enfrentó a un presidente que tan sólo fuera burlón, bravero o guango. Se enfrentó ni más ni menos a Gustavo Díaz Ordaz, un presidente muy severo, muy temerario y muy represor.
El viernes 4 Abel Quezada publicó su legendario cartón negro titulado ¿Por qué? Se dice y no lo dudó que la inmediata reacción del presidente Díaz Ordaz fue de coraje ante el desacato y que el primer castigo qué pensó fue la clausura de El Periódico de la Vida Nacional.
Pero, en esos días, México era la noticia mundial por Los Juegos Olímpicos, que se inaugurarían el 12 de octubre. Periodistas, dirigentes y deportistas ya estaban instalados aquí: El mundo libre resentía la represión soviética era Praga. Desde el Mayo de París la juventud libre había dado a la humanidad la frase emblemática de “prohibido prohibir”.
Díaz Ordaz tuvo que aguantarse su bilis. Si el 2 de octubre hubiera sido el 2 de noviembre hubiéramos perdido periódicos, garantías constitucionales, ruta, destino y muchas vidas.
Esos días fueron la furia de odio y de violencia.
Los medios siempre han sido incluyentes y valientes. Su único compromiso ha sido con la verdad objetiva, con la información imparcial y con la opinión plural. Sus plumas políticas han incluido a periodistas, a panistas, a morenistas y a partidistas.
Casi todos los días los criterios plurales ocupan la misma plana. Con ellos informa al lector y se ayuda a formar opinión. Nunca se ha aplicado al ataque ilógico ni a la defensa autómata.
Por el contrario, siempre ha apoyado a los gobiernos en lo que ello pueda servir a la sociedad y ha apoyado a los ciudadanos, en lo que ello pueda servir a la nación.
Desde mi juventud aprendí que siempre hay un 3 de octubre para afianzar nuestras libertades, siempre hay un 4 de octubre para adorar a nuestras tinieblas siempre hay un 12 de octubre para restaurar nuestras concordias.
En otro contexto podría considerarse una absurda ocurrencia, una ridícula “cortina de humo” que nos puede distraer de los problemas más importantes que afectan directamente a nuestra sociedad, un dislate que no merecía mayor atención. Quizás sería suficiente con tomar nota y catalogar la noticia como uno más de los ejemplos que nos permiten cuestionar el papel de quienes conforman el Poder Legislativo y, por supuesto, colocar énfasis acerca de las prioridades que marcan los derroteros de su trabajo como representantes de la sociedad. Sin embargo, hay ciertos artistas que nos invitan a detenernos un poco en las implicaciones de aquello que se vuelve a colocar en la mesa: la urticaria ontológica que le causa al poder todo aquello que sea el resultado de la libertad que implica el humor y sus múltiples rostros.
Sin embargo, el bien común, que debería ser el motor de toda acción legislativa, de inmediato queda en un segundo plano cuando se observa que la propuesta adquiere otro cariz al subrayarse que la pena y los castigos podrían ser aún mayores cuando las y los funcionarios públicos. Sean protagonistas de esas imágenes, audios, stickers y memes.
No nos equivoquemos: la problemática acerca de la violencia digital es un tema que debería ocuparnos de manera más relevante en las discusiones cotidianas. Y, como parte de este desarrollo, la creatividad del ser humano también ha generado nuevos mecanismos para delinquir, para ampliar el remolino del mal y la mentira en el que solemos caer.
Y no cabe la menor duda, al poder que se eleva con ladrillos temporales la afecta más al sarcasmo, el humor inteligente, ácido, negro, que una rebatinga llena de retórica superflua.
En otro orden de ideas el debate sobre la iniciativa presidencial de reforma a la Ley de Amparo se ha enfocado en sus virtudes y defectos. Se analiza su alcance en medio de una polarización social que todo lo contamina. Algunos destacan los beneficios. Otros señalan retrocesos. Pero se ha omitido un tema de crucial importancia que ninguna de las partes ha mencionado: el amparo para electos. Esta figura completamente no se encuentra en la
mayoría de los sistemas constitucionales de América o sólo se permite en circunstancias realmente excepcionales. El modelo mexicano prolonga el litigio, contradice el artículo 17 constitucional y beneficia a quienes tienen más recursos. Aprobarlo es esencial para regenerar el tejido que sostiene el amparo, devolverle su carácter de protección real de los derechos fundamentales y corregir un sesgo que premia al poderoso y castiga al débil. Véase si no.
El amparo para efectos surgió como una excepción y se convirtió en regla. El tribunal concede la protección, pero se abstiene de resolver lo esencial. En lugar de pronunciarse sobre la violación de derechos, ordena reponer el procedimiento y devuelve el asunto a la misma autoridad responsable. El resultado es típicamente predecible: el acto reclamado me aparece casi idéntico, apenas disfrazado con nuevos trámites. El ciudadano regresa al principio. Pierde tiempo, dinero y confianza.
¿No establece la constitución que debe privilegiarse la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, siempre que no se afecte la igualdad ni el debido proceso? Así lo indica con claridad el artículo 17 en sus párrafos segundo y tercero, que reconocen el derecho a una justicia pronta, completa e imparcial, impartida por tribunales expeditos. Además, el artículo constitucional exige que toda interpretación se realice bajo el principio pro persona y conforme a la norma que brinde mayor protección. El amparo para efectos violencia en mandato: no proporciona la tutela más amplia, diluye la garantía judicial ejecutiva y convierte en letra muerte la obligación estatal de promover, respetar, proteger y garantizar derechos. México, institucionalizó la excepción. Lo que debería hacer justicia electiva se reduce a un trámite vacío. Lo que debería cerrar un conflicto lo multiplica. La garantía más importante del sistema termina atrapada en una simulación. Y una justicia diferida, repetida y costosa, es en la práctica una justicia negada.
La reforma presume celeridad. Se acortan plazos de 90 a 70 días. Suena moderno. Suena eficiente. Pero si el amparo para electos persiste, la reducción es sólo un maquillaje. No sirve de nada correr más rápido si el camino lleva al mismo destino. El riesgo es mayor: con menos tiempo, el juez tendrá a utilizar esa figura como atajo. Resolver sin resolver. Proteger sin proteger. Emitir una sentencia que aprenda a hacer justicia, pero que sólo prolonga el conflicto. La paradoja es brutal: una reforma que promete agilidad, pero que refuerza la práctica de más demora. ¿Quién se beneficia? Nadie. La sociedad no evalúa la justicia por calendario sino por resultados. ¿El conflicto fue resuelto? ¿El derecho fue restituido? ¿La autoridad corrigió su conducta? Si la respuesta es no, la reforma será vista como un engaño. Reducir plazos sin abrogar el amparo para efectos es andar en círculos. Un reloj que marca menos tiempo, pero sigue atado a la simulación. Y todo esto
contradice directamente lo que exige el artículo 17, justicia pronta y completa, y el artículo primero reparación integral de las violaciones o derechos humanos.
Porque el amparo para efectos ni repara ni restituye, sólo dilata. Una justicia que posterga indefinidamente es en los hechos, una justicia denegada. En México se tolera una justicia repetida y estéril. Un sistema que aparenta rapidez, pero que perpetúa injusticias, sólo multiplica la fracción ciudadana y normaliza la impunidad.
El amparo para efectos no sólo retrasa también sesga. ¿Qué puede soportar litigios que se extienden por años, reposiciones inútiles y sus costos acumulados? Quien tiene recursos. Aquellos que pueden financiar abogados, apelaciones y estrategias prolongadas.
El ciudadano común no. El trabajador tampoco. Para ellos la justicia deferida equivale a justicia negada. Cada reposición es tiempo ganado para el fuerte y tiempo perdido para el vulnerable. Nadie en su sano juicio puede afirmar lo contrario.
Esta figura actúa como un filtro económico disfrazado de legalidad. ¿Ese es el espíritu del amparo? No. ¿Ese es el mandato constitucional? Tampoco. El artículo 17 exige solución antes que ritual, igualdad antes que ventaja táctica, justicia completa antes que el laberinto de trámites. El artículo primero refuerza este mandato. Abrogarlo no cancela derechos, los ordena. Restituye al amparo su función de proteger realmente. Mantenernos es perpetuar una justicia de élites diseñada para quienes pueden resistir. El amparo para efectos diluye la tutela judicial efectiva, contradice el principio persona y posterga indefinidamente la protección de derechos. Viola el artículo primero porque no garantiza la interpretación más amplia ni la reparación integral. |
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