De Veracruz al mundo
SCJN rechaza amparar a Caro Quintero por extradición.
La Primera Sala avaló la propuesta del ministro Luis María Aguilar, que concluye debe negarse la protección de la justicia a Caro Quintero quien en 2014 reclamó el tratado de extradición
Miércoles 09 de Octubre de 2019
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Foto: Cuartoscuro .
.- Luego de tres años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó amparar al narcotraficante Rafael Caro Quintero en contra de la extradición ordenada en su contra por lo que, en caso de ser detenido, será enviado a Estados Unidos.

Por unanimidad, la Primera Sala avaló la propuesta del ministro Luis María Aguilar, que concluyó que debe negarse la protección de la justicia a Caro Quintero quien desde 2014 reclamó ante un juzgado federal el tratado de extradición entre México y Estados Unidos.

Es incuestionable que los artículos 17 y 18 de la Ley de Extradición, así como el artículo 11 del Tratado de Extradición entre México y EU (los cuales prevén la figura de la detención provisional como medida cautelar), al tener su fundamento en el artículo 119 constitucional, no pueden ser considerados inconstitucionales, como lo pretende el recurrente", se resolvió.

Fue en noviembre de 2016, cuando el ahora ministro presidente, Arturo Zaldívar elaboró una primera propuesta de resolución que tenía previsto negar el amparo a Quintero, sin embargo, el líder criminal presentó un recurso de reclamación y logró posponer el análisis de su amparo. Lo mismo hizo en marzo pasado.



LIBRE


Caro Quintero fue liberado la madrugada del 9 de agosto de 2013 del penal estatal de Guadalajara, ubicado en Puente Grande, por la resolución dictada por un tribunal federal.

En esa ocasión, la sentencia del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en Jalisco argumentó que el reo no debió ser enjuiciado en el fuero federal por el asesinato del agente de la DEA.

De esa manera se ordenó la inmediata liberación, la que se concretó aproximadamente a las 2:00 de la madrugada, sin que el Ministerio Público federal tuviera la oportunidad de apelar a la resolución.

En noviembre de 2015 la Primera Sala de la SCJN determinó, por mayoría de votos, revocar la sentencia que lo había dejado en libertad al considerar que la resolución de los magistrados no fue adecuada.

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