Se disputan dos sindicatos el IPE; uno emplaza a huelga para el 8 y asegura que STIPE no existe; otro dice lo contrario . | ||||
Por un lado, el Sindicato Unificador de Trabajadores del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz (SUIPEV), que emplazó a huelga al organismo para el próximo 8 de noviembre, y por el otro, el Sindicato de Trabajadores del IPE, STIPE, que dice contar con la mayoría de los trabajadores y hasta ahora con la titularidad del Contrato Colectivo. | ||||
Domingo 03 de Noviembre de 2019 | ||||
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Por un lado, el Sindicato Unificador de Trabajadores del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz (SUIPEV), que emplazó a huelga al organismo para el próximo 8 de noviembre, y por el otro, el Sindicato de Trabajadores del IPE, STIPE, que dice contar con la mayoría de los trabajadores y hasta ahora con la titularidad del Contrato Colectivo. El problema es que mientras el secretario general de esta última agrupación, Raúl Augusto Maldonado Loeza, asegura que el emplazamiento a huelga es ilegal, porque el SUIPEV solo cuenta con 57 agremiados, de un total de 252 trabajadores, y advierte que más de 30 mil pensionados se verían afectados en sus pagos si el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz mantiene el emplazamiento a huelga, por otra parte, el abogado Luis Alberto Viades, del Corporativo Jurídico Viades, Llanes y Asociados S.C, afirmó que tanto jubilados como pensionados del IPE no tienen nada que temer o preocuparse con motivo del legal emplazamiento a huelga por la firma de Condiciones Generales de Trabajo sustentadas en el expediente H-44/2019 del H Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz. El jurista explicó que dicho emplazamiento fue oportunamente declarado legal “y pese a todos los esfuerzos del IPE para evitarlo no ha podido defender, no a la institución que ya hemos visto que no le importa el saqueo de que fue objeto, al no aportar los datos requeridos por la Fiscalía para continuar con su investigación”. Refirió que su esfuerzo (del IPE) “es proteger al STIPE, al extremo de pedirle oficialmente al TCA que le diera intervención en el proceso de la huelga... Y por supuesto le dijeron que no porque dicho sindicato no está registrado en ese Tribunal y por consiguiente no existe”. En ese sentido, Viades Blanco argumentó que como resultado de un cambio de criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, en 2017 “los trabajadores de organismos públicos descentralizados estatales cómo es el IPE, regresan al marco jurídico normativo de la Ley 364 Estatal del Servicio Civil de Veracruz y a ventilar sus asuntos tanto individuales como colectivos ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz”. Y en ese sentido, refiere que habiéndose declarado incompetente la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz para seguir conociendo de asuntos laborales de los trabajadores en lo individual y cómo sindicatos, “por eso el STIPE no ha podido emplazar a huelga y no es vigente el Contrato Colectivo de Trabajo que hace 2 años depositaron en esa instancia”. El abogado reiteró que ante la nueva disposición de la SCJN “el SUIPEV obtuvo su registro sindical en el TCA y es legalmente el único sindicato que cuenta con la personalidad jurídica que le permite representar a los trabajadores del IPE en general, sindicalizados o no”. Concluyó que en el peor escenario “que sería que la intransigencia del patrón IPE obligara al SUIPEV a estallar la huelga, no se impediría el pago a pensionados y jubilados ya que ese día se permitiría el acceso al personal que tenga a su cargo tal actividad para que nadie de los jubilados y pensionados se quede sin cobrar”. En contraparte, el Secretario General del STIPE manifestó que la Ley Estatal de Servicio Civil en su Artículo 147 señala que, para declarar una huelga se requiere que sea decretada por las dos terceras partes de los trabajadores de base con nombramiento definitivo de la Entidad Pública, Dependencia o Dependencias afectadas. Por ello, señaló que el Sindicato Unificador de Trabajadores de Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz (SUIPEV) no puede emplazar a huelga pues solo cuenta con 57 agremiados de un total de 252 trabajadores de base. Además, señaló que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje declaró procedente el emplazamiento a huelga sin consultar con el Ente Público o a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje sobre la existencia de algún otro Sindicato ni la totalidad de los trabajadores de base al servicio de la Dependencia, para tener la certeza de que dicho emplazamiento representaba el interés de la mayoría de los trabajadores. Por ello, hizo un llamado a las Autoridades Laborales para que den marcha atrás al emplazamiento a huelga para el próximo 8 de noviembre. Así las cosas. |
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