Publican en el DOF el programa institucional 2020-2024 de Inmujeres. | ||||
Respecto al objetivo dos, de orientar y fortalecer el quehacer público y privado para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, indicó que éste atiende los mandatos derivados del marco normativo que instruye la transversalidad de la perspectiva de género en la gestión pública. | ||||
Miércoles 17 de Junio de 2020 | ||||
Por: La Jornada | ||||
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Sobre su primer punto a atender, señaló que busca atender “la deficiente atención del Estado mexicano a la desigualdad estructural que coloca a mujeres y niñas en posiciones de desventaja, discriminación y desigualdad”. Para lograrlo, añadió que ampliará a cabalidad las atribuciones que la ley señala en materia de coordinación, construcción de consensos y seguimiento al Programa de Igualdad, así como estableciendo colaboración permanente con los programas prioritarios de esta administración. Respecto al objetivo dos, de orientar y fortalecer el quehacer público y privado para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, indicó que éste atiende los mandatos derivados del marco normativo que instruye la transversalidad de la perspectiva de género en la gestión pública. Señaló que en 2018, un total de 12 entidades federativas incorporaron en su Ley de Planeación la perspectiva de género, es decir consideran el principio la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, y establecen que la administración pública estatal deberá planear y conducir sus actividades con ello. En el otro extremo seis estados no tienen ningún avance al respecto. Sobre el objetivo tres de impulsar cambios culturales que favorezcan el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres y su liderazgo como protagonistas del desarrollo y actoras clave de la transformación del país, indicó que toda política pública requiere de sujetos sociales que la impulsen, la alimenten y la transformen. Expuso que se buscará “atender la problemática que obstaculiza la plena participación de las mujeres en la vida pública y el reconocimiento de sus derechos”. |
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