De Veracruz al mundo
Corte suspende política eléctrica de Rocío Nahle.
Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación paralizó la política de la Secretaría de Energía, ya que consideró que elimina la posibilidad de que el sector eléctrico opere en condiciones de competencia y eficiencia.
Lunes 29 de Junio de 2020
Por:
Foto: Jesús Quintanar
.- Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación paralizó la política energética de la secretaria de Energía, Rocío Nahle, porque concedió una suspensión a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), organismo que interpuso una controversia constitucional.

La Cofece estimó que la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), emitida por la Secretaría de Energía en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de mayo de 2020, violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.

El ministro admitió a trámite la controversia y emitió un acuerdo donde otorgó la suspensión para que “se suspendan todos los efectos y consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política”.

La Cofece consideró que la Política es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.

“El instrumento publicado en el DOF afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector.

“Ello porque la Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, indicó la Cofece.

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