XALAPA.- Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las pensiones alimenticias deben tomar en cuenta el salario mínimo vigente como parámetro para su cuantificación y no el de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), habrá que ver si la decisión tiene un efecto dominó en otros temas relacionados con la seguridad social, como las pensiones laborales que también han sido impugnadas por estar cuantificadas en UMAS. Por lo pronto, la Primera Sala de la SCJN argumentó que el salario mínimo es un ingreso destinado a satisfacer las necesidades normales de una persona jefe o jefa de familia, así como para los gastos de la educación obligatoria de sus hijos, según el artículo 123 constitucional. Además, también de conformidad por ese mismo artículo (123), el salario mínimo puede ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para los fines acordes a su naturaleza, es indiscutible que el parámetro de pago de la pensión alimenticia, previsto en los artículos analizados, debe ser el equivalente al importe mensual del salario mínimo vigente, por ser más acorde a su naturaleza y finalidades. La decisión de la Primera Sala derivó de un caso de una mujer del estado de Hidalgo, quien demandó la guarda y custodia de su hijo de cinco meses de edad, e interpuso un amparo debido a que el pago de la pensión alimenticia tomó como parámetro la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La Jueza de lo Familiar concedió dicha prestación y fijó una pensión alimenticia en favor del niño por un importe equivalente al monto del 100 por ciento del salario mínimo mensual vigente en Hidalgo, a cargo de su progenitor. Esta determinación fue recurrida tanto por la madre como por el padre. Como dato adicional, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública en su reporte de Índice Delictivo, Hidalgo tiene hasta mayo 366 casos de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar. Para el caso de Veracruz, lleva un total de 548 carpetas de investigación y, a nivel nacional se tiene un registro de 9 mil 541 casos de pensiones alimenticias incumplidas.
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