Emite CNDH recomendación a IPN y FGR por feminicidio de Marichuy Zamudio. | ||||
Jueves 25 de Agosto de 2022 | ||||
Por: La Jornada | ||||
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María de Jesús, quien era alumna de la Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura (ESIA), plantel Ticomán, falleció el 24 de enero de 2016 a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico severo, producto de una caída desde el quinto piso de su departamento, ocurrido el 16 del mismo mes y año, mientras se encontraba con otros estudiantes y un profesor. En la Recomendación 155/2022, la CNDH expuso que como resultado de la investigación -derivada de una queja presentada por la madre de la víctima, Yesenia Zamudio- se pudo corroborar el acoso y hostigamiento escolar que sufrió María de Jesús por parte de un profesor y de algunos alumnos, lo que provocó un ambiente violento en su contra. Además, quedó de manifiesto la falta de interés de las autoridades politécnicas para llevar a cabo diversas acciones de prevención, erradicación y sanción para garantizar la protección de las mujeres que forman parte de la comunidad politécnica a una vida libre de violencia. También quedó evidenciado que no se ha hecho un mayor esfuerzo por facilitar la localización de los presuntos responsables. Por lo que hace a la FGR, la CNDH pudo constatar que la autoridad responsable de integrar la carpeta de investigación en el fuero federal, sólo solicitó datos para la localización de los presuntos responsables y un testigo a través de Plataforma México y la Policía Cibernética, sin que haya constancia de cuál fue el resultado de la búsqueda, y que únicamente citó a los apoderados legales del IPN y de Petróleos Mexicanos (Pemex) -donde trabajaba uno de los involucrados en el asesinato de la víctima- para preguntarles si querían presentar alguna moción por los hechos denunciados. También pudo advertir que la FGR dio el carácter de “víctima” a los representantes legales de ambas dependencias, calidad que no les corresponde, toda vez que son señalados como probables responsables en los hechos que denunció. Además, la persona servidora pública de la Fiscalía ordenó el archivo temporal de la carpeta en menos de mes y medio, y fue hasta el 3 de junio de 2021, debido a que el apoderado legal del IPN remitió información laboral de uno de los presuntos responsables, cuando se reaperturó. Por todo lo anterior, la CNDH pidió al director general del IPN que se proceda a la reparación del daño y se otorgue la rehabilitación psicológica y tanatológica que requieran tanto la madre de María de Jesús como las cuatro víctimas indirectas más. Asimismo, se deberá impartir una conferencia al alumnado de la ESIA Ticomán en materia de derechos humanos y violencia de género al inicio de cada semestre. Se pide, también, la actualización del Protocolo para la Prevención, Detección y Sanción de la Violencia de Género reeditado, e impartir un curso al personal de la institución para capacitarlos en su aplicación y observancia. En cuanto a la FGR, ésta deberá colaborar con el Órgano Interno de Control de la dependencia en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que la CNDH interponga, y deberá impartir un curso integral a los ministerios públicos de la Célula E-I4 Zona Sur de la Ciudad de México para la integración de indagatorias, que incluya la perspectiva de género. |
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