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Violencia vicaria: Cámara de Diputados la incluye en el Código Penal con varios años de cárcel como castigo.
Por unanimidad de votos, la Cámara de Diputados avaló la tipificación de la violencia vicaria como delito, estableciendo en el Código Penal una pena que contempla varios años de cárcel
Viernes 01 de Diciembre de 2023
Por: SDP Noticias.com
Foto: SDPnoticias.com
Ciudad de México.- Luego de que la Cámara de Diputados aprobara por unanimidad de votos, la tipificación de la violencia vicaria como delito, se estableció en el Código Penal un castigo que podría implicar varios años de cárcel para quien cometa el ilícito.

Las leyes mexicanas han avanzado en materia de género, pues la aprobación de las reformas para prevenir y sancionar la violencia vicaria, ha sido calificada como un acierto para erradicar la violencia contra las mujeres.

Por esto, la Cámara de Diputados avaló con 452 votos a favor los cambios al Código Penal Federal para establecer una dura sanción contra quien cometa violencia vicaria.


Cabe destacar que los legisladores de San Lázaro aprobaron las reformas para incorporar la violencia vicaria en la ley mexicana en marzo de 2023.

¿Cuál será el castigo por cometer violencia vicaria?
Bajo este contexto, se aprobó en la Cámara de Diputados establecer en el Código Penal, una pena de hasta 5 años de cárcel a quien cometa violencia vicaria.

El dictamen reformó y adicionó disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tanto al Código Civil Federal como al Código Penal Federal.

Ahora el proyecto que estableció hasta 5 años de cárcel como castigo, pasará a manos del Poder Ejecutivo para continuar con el trámite constitucional.

En este sentido, el dictamen podría aumentar a penas más severas, con un aumento de hasta una tercera parte dependiendo el grado del delito que cometa interpósita persona, es decir, quien practique la violencia vicaria.


Morena y Movimiento Ciudadano a favor de tipificar violencia vicaria como delito
Las diputadas de Morena y Movimiento Ciudadano estuvieron de acuerdo con incluir la violencia vicaria en el Código Penal, con castigos de hasta 5 años de cárcel.

Asimismo, la diputada de Morena, Julieta Kristal Vences Valencia indicó que la iniciativa es resultado de cientos de mujeres valientes que se atrevieron a a alzar la voz contra sus agresores.

“Les digo que la Cámara de Diputados las ha escuchado; hoy hacemos suya esta lucha porque nos duele y lastima que las mujeres hayan tenido que pasar por este tipo de violencia”

JULIETA KRISTAL VENCES VALENCIA, DIPUTADA DE MORENA


Por su parte, la diputada Aleida Alavez Ruiz, también del Grupo Parlamentario morenista, apuntó que con el proyecto que castiga a quien ejerza la violencia vicaria, evitarán actos de revictimización y acompañarán a las mujeres que decidan salir de una relación violenta.

Mientras que la diputada Teresa Rosaura Ocho Mejía de Movimiento Ciudadano, celebró lo establecido en el Código Penal y aseguró que esta decisión vela por los derechos de las mujeres y menores.


¿Qué es la violencia vicaria y quienes serán castigados por cometerla?
Se califica como violencia vicaria a cualquier acto u omisión contra los hijos, familiares o personas allegadas de mujeres con el fin de causarle algún daño.

De acuerdo con el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, se consideran violencia vicaria las siguientes acciones practicadas a hijos de las mujeres:

Sustraer
Retener
Ocultar
Maltratar
Amenazar
Poner en peligro su integridad y salud
Violentar física, económica psicológica o sexualmente


También incurrirá en violencia vicaria quien “interponga procedimientos judiciales falsos o conductas procesales dilatorias para impedir la convivencia o guarda y custodia” de los hijos de las mujeres víctimas del delito.

Lo anterior con el propósito de:

Dominar
Someter
Manipular
Controlar
Agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexual
Provocar el suicidio, feminicidio u homicidio de las madres y/o sus hijos


Es importante señalar que la Cámara de Diputados también estableció que la persona obligada que incumpla con las obligaciones alimentarias, podrá permanecer en la cárcel hasta 5 años.


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