De Veracruz al mundo
SAT: ¿así puedes deducir medicamentos en tu Declaración Anual?.
Entérate cuáles son los gastos que entran en el rubro de deducciones personales
Jueves 07 de Diciembre de 2023
Por: El Heraldo de México
Foto: Cuartoscuro .
CDMX.- Si eres una persona física debes saber que hay ciertos gastos médicos que puedes deducir de tu Declaración Anual que presentas año con año ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). A través de su página oficial da a conocer las deducciones personales para las personas físicas

En abril de 2024 se presenta la declaración anual del ejercicio fiscal 2023, por lo que las personas físicas bajo cualquier régimen fiscal del SAT, como pequeños empresarios, asalariados, honorarios, así como para personas morales deben realizar esta obligación para evitarse una multa.

Teniendo esto en cuenta hay que aclarar que debes realizar la declaración de tus ingresos y gastos de enero a diciembre del 2023 y tienes como fecha límite para cumplir hasta marzo 2024 si eres persona moral (empresa) y al mes de abril si eres persona física.

¿Cuáles son los gastos de medicina que se pueden deducir de la Declaración Anual?

En cuanto a gastos médicos sólo se pueden deducir están:

Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, siempre y cuando sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales: no proceden los comprobantes de farmacias.
Honorarios a enfermeras
Análisis, estudios clínicos
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
Prótesis
Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales
Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos. Hay que aclarar que los gastos por la compra de medicamentos en farmacias no son deducibles, sólo los que se realizan en los hospitales y que se facturan en esa institución de salud.

¿Qué otros gastos puedo deducir en la Declaración Anual?
Educación

Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):

Preescolar: 14,200 pesos.
Primaria: 12,900 pesos.
Secundaria: 19,900 pesos.
Profesional técnico: 17,100 pesos.
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Otros gastos que se pueden deducir son:
Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos. No serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos). El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%. El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.
Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual. El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

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