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XALAPA.- A pesar de que el exalcalde perredista de Tihuatlán, Gregorio Gómez Martínez, cumplía una medida de resguardo domiciliario previamente determinada por una autoridad jurisdiccional, algunos de sus allegados afirman que su traslado al penal de Pacho Viejo fue irregular, al realizarse sin audiencia y sin debate judicial. De acuerdo con esta información, el argumento utilizado para modificar la medida cautelar fue un presunto derrame de hidrocarburos ocurrido el 9 de enero en la colonia Plan de Ayala, en Tihuatlán lo que, según se asentó, obligó a evacuar la zona y motivó el internamiento del procesado para salvaguardar su vida y su salud. Dicho razonamiento quedó plasmado en un oficio emitido dentro del proceso penal 115/2024-J, en el que se ordenó el traslado de “Goyo” Gómez al Centro de Reinserción Social de Pacho Viejo. De acuerdo con el documento fechado el 9 de enero de 2026 y firmado por el juez Álvaro Vázquez Campa, la determinación se tomó tras una solicitud de la Fiscalía Octava adscrita a la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales. Lo anterior bajo el argumento de que no se contaba con otro domicilio para continuar el resguardo y que existía un riesgo para la integridad física del imputado y del personal encargado de su custodia, por lo que se modificó la medida cautelar y se impuso prisión preventiva justificada. Sin embargo, las personas cercanas al exalcalde sostuvieron que la decisión judicial contraviene lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, al haberse dictado sin la celebración de una audiencia, requisito indispensable para la modificación de una medida cautelar, particularmente cuando implica el internamiento en un centro penitenciario. De igual forma, señalaron que hasta el momento del traslado, no se había hecho del conocimiento público ningún reporte oficial por parte del Gobierno del Estado, Protección Civil o Petróleos Mexicanos que confirmara el derrame de hidrocarburos ni la evacuación de la zona referida en el oficio judicial. El auto judicial establece que el internamiento en el penal de Pacho Viejo tendrá vigencia por seis meses, contados a partir del 7 de septiembre de 2025, con conclusión el 7 de marzo de 2026, y deja a salvo el derecho del imputado para solicitar en cualquier momento la revisión de la medida cautelar impuesta.
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