De Veracruz al mundo
Sefiplan a la caza del dinero de partidos políticos en Veracruz; cobrará multas y sanciones que apliquen OPLE y Tribunales.
Miércoles 25 de Mayo de 2022
Por: REDACCION GOBERNANTES
XALAPA.- A pesar de que los tribunales electorales le han impedido quedarse con la mitad del presupuesto destinado a los partidos políticos en Veracruz, el Gobierno del morenista Cuitláhuac García Jiménez no quita el dedo del renglón y sigue a la caza de los recursos de los partidos. Prueba de ello es la firma del convenio entre la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefilpan) y el Organismo Público Local Electoral (OPLE), para que la primera pueda realizar el cobro de multas y sanciones a los partidos políticos, personas o empresas derivado de algún procedimiento en materia electoral. De acuerdo con las bases del Convenio, la facultad de notificar sobre la sanción corresponderá al OPLE, así como la determinación de la sanción que dicha instancia aplique o que el Tribunal Estatal Electoral ordene aplicar. Una vez hecho eso, corresponderá a la Sefiplan a través de la Subsecretaría de Ingresos realizar la ejecución de la sanción buscando a la instancia multada o sancionada para que realice el pago correspondiente. Los titulares de la Sefiplan y del OPLE, José Luis Lima Franco y Alejandro Bonilla Bonilla, respectivamente, señalaron que dicho convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración y coordinación para transparentar y eficientar el destino de los recursos descontados a los partidos políticos y organizaciones políticas por las multas impuestas por las autoridades electorales federales y locales, en cumplimiento delas Leyes en materia electoral, mismas que establecen que el importe de las sanciones deberá destinarse a fortalecer el presupuesto de los organismos estatales encargados de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación, cuando sean impuestas por autoridades locales. De igual forma, para que la Sefiplan ejerza facultades económico-coactivas a través del procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para el cobro de multas firmes y exigibles impuestas por "EL INE" en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 458, párrafos 7 y 8 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y los Lineamientos para el Registro, Seguimiento y Ejecución del Cobro de Sanciones Impuestas por el Instituto Nacional Electoral y Autoridades Jurisdiccionales Electorales del Ámbito Federal y Local; así como para el Registro y seguimiento del Reintegro o Retención de los Remanentes No Ejercidos del Financiamiento Público para Gastos de Campaña.

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