De Veracruz al mundo
Diputados prohíben el uso de vapeadores y fentanilo ilegal en la Constitución.
Los diputados avalaron castigar la producción y distribución de vapeadores y fentanilo con fines recreativos al considerarlos un delito contra la salud.
Martes 03 de Diciembre de 2024
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Los diputados federales avalaron, con 410 votos a favor, 24 en contra y cero abstenciones, prohibir desde la Constitución la producción, distribución y adquisición de vapeadores y otras sustancias tóxicas, como el fentanilo.

La reforma modifica los artículos 4 y 5 de la Constitución Política con el fin de elevar el rango del uso de vapeadores como un delito que violenta garantías individuales de los ciudadanos mexicanos, en este caso, el acceso a la salud.


“Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, quedará prohibida la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley”, señala la modificación al texto constitucional.

Añade “la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo”.


Sobre la prohibición o la regulación
En 2022, el expresidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto para prohibir la venta de vapeadores o cigarrillos electrónicos, pero a través de diversos amparos los ciudadanos podían acceder a la compra y algunas empresas a la venta de estos productos.

Fue por eso que, en febrero pasado, cuando López Obrador presentó su paquete de 20 reformas constitucionales, una de ellas era la que reformaba la Constitución en materia de acceso a la salud.


Cuando el tema se discutió en comisiones de la Cámara de Diputados, legisladores de la oposición aseguraron que la prohibición podía generar un mercado negro de vapeadores que generara ganancias al crimen organizado.


En los artículos transitorios se menciona que el Congreso tendrá un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para armonizar las leyes secundarias en la materia, como la Ley General de Salud.

Además, las legislaturas estatales deben realizar las adecuaciones normativas previstas, dentro de los 365 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la reforma.


Nos interesa tu opinión

  Más noticias
09:52:47 - Denuncia Morena a Tabe y a su esposa por uso indebido de recursos públicos
09:49:56 - Grupo Salinas prevé revés en la Corte y amaga con demandar al SAT
21:58:04 - Protesta en el mar: activistas exigen detener escollera del puerto de Veracruz
21:43:38 - Llama Arquidiócesis de Xalapa a reconocer que el ser humano es sujeto de todos los derechos y obligaciones
21:31:44 - Se deslinda alcalde de Perote de empresa dedicada al huachicol; dice que operaba con permisos desde el 2017
21:24:42 - Reconoce titular de la Sedema que todos los rellenos sanitarios que operan en la entidad se encuentran colapsados; urgen soluciones viables
21:12:10 - Programa 'Viviendas Bienestar' fue hecho al vapor; no soluciona el déficit de vivienda en México: Hanna Grayeb
21:06:02 - Pese a descenso de casos, Veracruz sigue en primer lugar nacional de contagios de dengue, con 2 mil 390 confirmados
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016