De Veracruz al mundo
SCJN sienta un precedente al determinar que no prescribe el delito de abuso sexual en demandas civiles.
En su proyecto de sentencia, el jurista propuso que no haya prescripción civil en casos de abuso sexual principalmente infantil, tal como ya ocurre en materia penal e incluyó un argumento que señala que cuando hay asimetría de poder, dominación y silencio forzado, el tiempo legal no puede ser cómplice de la impunidad.
Jueves 26 de Junio de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: .
XALAPA.- Gracias a un proyecto de sentencia presentado por el ministro veracruzano Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un precedente histórico al negar el amparo al productor Luis de Llano, dejando firme la condena civil por la relación que sostuvo con la cantante Sasha Sokol cuando ella tenía 14 años y él 39. Con esta decisión, el máximo tribunal del país estableció que no prescribe el delito de abuso sexual en demandas civiles, por lo que, en adelante, las víctimas de abuso infantil en México podrán denunciar y exigir reparación sin importar cuántos años hayan pasado, ya que la ley ya no protegerá al agresor sino a la víctima, quien generalmente es con el paso del tiempo como logra afrontar y revelar el ilícito de que fue objeto, de acuerdo con especialistas en psicología. En su proyecto de sentencia, el jurista propuso que no haya prescripción civil en casos de abuso sexual principalmente infantil, tal como ya ocurre en materia penal e incluyó un argumento que señala que cuando hay asimetría de poder, dominación y silencio forzado, el tiempo legal no puede ser cómplice de la impunidad. “Si bien existen contextos en los que indebidamente se han normalizado las relaciones entre adolescentes y adultos al grado de romantizarse y percibirse como consensuadas, existen evidencias que ocultan dinámicas de poder, inmadurez e influencia social”, refirió el ministro. En una entrevista del conductor Yordi Rosado se dio a conocer la denuncia por abuso de menores de Sasha Sokol en contra de Luis de Llano, luego de que el productor, en la plática, aseguró que mantuvo una relación con la ex Timbiriche cuando ella tenía 14 años y él 39. Tras la sentencia de la Corte, el productor deberá cumplir con las sanciones dictadas como es ofrecer una disculpa pública, tomar un curso en prevención de abuso sexual y abstenerse de volver a mencionar a la ex integrante del grupo Timbiriche.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
18:51:18 - Inicia plenaria del PRI, rechazan ser vende patrias; dan la cara por México, aseguran
18:48:49 - Morena reconoce estrategia de EU y México en investigaciones contra narcotraficantes
18:47:22 - Balean a mujer extranjera en el Hotel Congreso del Centro Histórico
18:45:39 - Gobierno de Maduro denuncia ante la ONU despliegue de submarino nuclear y lanzamisiles estadounidenses
18:42:27 - Al menos 350 mil protestan en Tel Aviv; piden a Israel aceptar acuerdo para liberar rehenes en Gaza
18:41:16 - Desapariciones forzadas se recrudecen en Acapulco; autoridades minimizan el delito
18:39:50 - Diputada Aracely Cruz denuncia a funcionarios de Oaxaca por violentar a mujeres indígenas
18:38:36 - Desalojan con gases a taxistas de Campeche; exigen frenar transporte pirata
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016