ASI COMO el Movimiento de Regeneración Nacional suele “chantajear” a algunos actores políticos de oposición –y de su propia casa- para que hagan lo que les ordenan, el Instituto Nacional Electoral podría recurrir a las mismas prácticas ahora que el Presidente Andrés Manuel López Obrador está empecinado en desaparecer al INE y al Tribunal Federal del Poder Judicial de la Federación para tener el absoluto control de las elecciones, y ya por lo menos el Senador Ricardo Monreal, uno de los más pensantes de la Cuarta Transformación lo advirtió a las aceleradas “corcholatas” de AMLO, al recordarles que dejen de hacer campaña anticipada para el 2024, pues se trata de un delito electoral y deben tener cuidado porque en su momento el INE los podría sancionar, aun cuando hagan campaña con sus propios recursos o estos sean pagados por simpatizantes como buscan justificarlo. Por ello el zacatecano sostiene que tanto Claudia Sheinbaum, Adán Augusto López Hernández y Marcelo Ebrard deben tener mucho cuidado porque podrían llevarse una desagradable sorpresa en el momento en el que el INE llegara a fiscalizar los recursos usados para las campañas anticipadas, pues “aunque sean recursos privados es un delito, y puede poner en riesgo el registro de quien lo esté haciendo, y seguramente los partidos políticos de oposición han estado registrando todas las lonas, todas las bardas, todos los espectaculares. Y deben de tener cuidado los compañeros, de verdad, porque en su momento les van a ejercer ese recurso, que ahora ya están planteado en el INE”.
Y ES que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) establece que son considerados “actos anticipados de campaña”, aquellas expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento, fuera de la etapa de campañas, los cuales contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido. En ese sentido, el artículo 445 de la Ley Electoral indica que constituyen infracciones de los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular la realización de actos anticipados de precampaña o campaña, y en ese sentido establece que el principio de prohibir los actos anticipados de campaña es para garantizar el principio de equidad en la contienda, para evitar que una opción política, dentro de un partido, o dentro del régimen de partidos se beneficien con una ventaja indebida, dado que no hay campañas ni hay precampañas, pero sí hay promoción anticipada
LA LEGIPE señala que los actos anticipados de precampaña son las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura. En este sentido se debe tener en cuenta que el proceso electoral de 2024, en el que estará en juego la Presidencia de la República, iniciará hasta Septiembre del 2023, es decir luego de que concluyan las elecciones en Estado de México y Coahuila, de los cuales tampoco se ha lanzado aún la convocatoria.
PERO LAS tres “corcholatas” que ha mencionado, repetidamente, el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se han presentado repetidamente en el templete de candidatos, gobernadores o por cualquier ocurrencia para manifestar sus aspiraciones electorales, y hasta llaman al voto a favor del proyecto de la Cuarta Transformación que encabeza Morena. Así, Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores y Adán Augusto López, secretario de Gobernación han hecho públicas sus aspiraciones presidenciales en abiertos actos proselitistas, donde cada quien llevó sus porras, además de llenar de anuncios espectaculares a la capital mexiquense y al País, lo que a todas luces, de acuerdo al artículo 445 de la Ley Electoral indica que constituyen infracciones.
DICE EL Artículo 269 que. - 1. Los partidos políticos y las agrupaciones políticas, independientemente de las responsabilidades en que incurran sus dirigentes, miembros o simpatizantes, podrán ser sancionados: a) Con amonestación pública; b) Con multa de 50 a 5 mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal; c) Con la reducción de hasta el 50 por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda, por el período que señale la resolución; d) Con la supresión total de la entrega de las ministraciones del financiamiento que les corresponda por el período que señale la resolución; e) Con la negativa del registro de las candidaturas; f) Con la suspensión de su registro como partido político o agrupación política; y g) Con la cancelación de su registro como partido político o agrupación política.
LAS SANCIONES a que se refiere el párrafo anterior, podrán ser impuestas cuando: a) Incumplan con las obligaciones señaladas en el artículo 38 y demás disposiciones aplicables de este Código; b) Incumplan con las resoluciones o acuerdos del Instituto Nacional Electoral; c) Acepten donativos o aportaciones económicas de las personas o entidades que no estén expresamente facultadas para ello o soliciten crédito a la banca de desarrollo para el financiamiento de sus actividades, en contravención a lo dispuesto por el artículo 49, párrafos 2 y 3, de este Código; d) Acepten donativos o aportaciones económicas superiores a los límites señalados en el artículo 49, párrafo 11, inciso b), fracciones III y IV, de este Código; e) No presenten los informes anuales o de campaña en los términos y plazos previstos en los artículos 35 y 49-A de este Código.
POR ELLO que a nadie sorprenda que ahora que el Presidente está empecinado en desaparecer al INE mediante una reforma electoral, el instituto le responda con la negativa de registro como precandidatos o candidatos a quienes ahora andan desaforados buscando simpatías mediante la promoción fuera de tiempo, pues la ley es muy clara, y salvo que el Presidente López Obrador utilice al ejército para someter al INE y TEPJF, lo que le convertiría en un régimen dictatorial, los consejeros y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estarían en todo su derecho de defenderse, y la mejor forma es aplicando la ley, esto es, impidiendo que los acelerados se inscriban. Así de simple. OPINA carjesus30@hotmail.com
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